Providencia nº 11001010200020110091800 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 27 de Julio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 335434058

Providencia nº 11001010200020110091800 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 27 de Julio de 2011

Fecha de Resolución27 de Julio de 2011
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

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RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA | |

B.D.C., veintisiete (27) de julio de dos mil once (2011)

Magistrado Ponente: Dr. P.A.S.B.

Radicación No. 110010102000201100918 00

Aprobada según Acta de Sala N° 72 de la misma fecha.

R.. Funcionario única instancia.

Magistrados Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio.

ASUNTO A TRATAR

Procede esta Sala a evaluar el mérito probatorio de las diligencias de indagación preliminar seguidas en contra de los doctores A.V.B., F.R.D.R. y J.D.T.L., en su condición de Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio.

HECHOS

El origen de la presente actuación se encuentra constituido por la queja instaurada por el señor LEONARDO ESCALANTE[1], por medio de escrito remitido a esta Corporación[2], con el fin de que se investigue a los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, porque no han sancionado por desacato a los funcionarios que no han dado cumplimiento al fallo de tutela proferido el 27 de agosto de 2009 en su favor[3], en el radicado bajo el número 20090023600, al ordenarse que respondan el derecho de petición por medio del cual solicitó se le expidiera certificación sobre su situación jurídica en el proceso que se adelantó en su contra[4] y en el cual ya cumplió la pena impuesta[5], el cual requiere para tramitar el pasado judicial ante el DAS.

ACTUACIONES PROCESALES

  1. Mediante auto del 27 de abril de 2011, esta Corporación dispuso el inicio de diligencias de indagación preliminar, y ordenó obtener información sobre el trámite dado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio al incidente de desacato mencionado por el quejoso.

  2. La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, a través de oficio del 20 de mayo de 2011, remitió copias de las actas de nombramiento, posesión y certificados de tiempo de servicios de los Magistrados vinculados a la presente actuación[6].

  3. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Meta, en cumplimiento a comisión ordenada por esta Superioridad, notificó personalmente del inicio de la indagación preliminar, a los doctores A.V.B., F.R.D.R. y J.D.T.L., en su condición de Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio[7].

  4. Se pronunció sobre los hechos expuestos en la queja, el doctor A.V.B., en su condición de Magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio. Explicó que a la solicitud de incidente de desacato presentada por el señor ESCALANTE el 18 de septiembre de 2009 y pasada al despacho el día 21 siguiente, se ordenó en la misma fecha como medida...

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