Providencia nº 11001010200020100065900 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 22 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 336552930

Providencia nº 11001010200020100065900 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 22 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2010
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C, veintidós (22) de septiembre de dos mil diez (2010)

Magistrada Ponente: Dra. J.E.G.D.G.

Radicado No. 110010102000201000659 00 (2218-07)

Aprobado Según Acta de Sala No.

VISTOS

Procede esta Superioridad a resolver lo que en derecho corresponda, en relación con la investigación disciplinaria adelantada contra los doctores G.A.G.E. y F.H.Z.M. de la Sala Jurisdiccional Administrativa y Disciplinaria respectivamente del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas de conformidad con lo previsto en el artículo 161 de Ley 734 de 2002.

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

  1. - Se inició la presente actuación con fundamento en el escrito presentado por el quejoso doctor C.A.L.L. el 11 de febrero de 2010 dirigido a esta Corporación contra los doctores G.A.G.E. y F.H.Z.M. de la Sala Jurisdiccional Administrativa y Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas, donde manifestó su inconformidad por un proceso disciplinario seguido en su contra, en el cual se ordenó la apertura de la investigación, afirmando que el fundamento la actuación procesal fue una persecución particular (fls. 1,2 c.o).

  2. - Obra oficio dirigido por el Magistrado encargado de la Sala Administrativa Seccional Caldas al Magistrado de la Sala Jurisdiccional doctor F.H.Z. remitiendo por competencia la queja presentada por A.M. H. en contra del aquí quejoso, abogado C. L., por acciones desplegadas dentro del proceso laboral que se adelanta en el Juzgado 4º Administrativo de Manizales contra el Hospital Santa Ana de Palestina Caldas. (fl3).

  3. - En la actuación disciplinaria aludida contra el abogado mediante auto de 28 de enero 2010 el investigado doctor F.H.Z. ordenó la apertura del proceso disciplinario en contra del quejoso C.A.L.L., allegándose a este proceso:

    ✓ Oficio enviado al quejoso informándole sobre la apertura de investigación y su notificación por estado de no comparecer dentro de los tres días siguientes (fls. 6 y 39 c.o).

    ✓ Edicto emplazatorio citando al quejoso para la notificación del auto de apertura de investigación, oficio enviado por la Secretaría General de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria a las denunciantes y al Procurador Judicial y para la notificación del auto de apertura de investigación.

    ✓ Escrito enviado por el doctor C.A.L.L. dirigido al investigado doctor F.H.Z. Magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura Sala jurisdiccional Disciplinaria de Caldas, contestando al edicto emplazatorio con cuestionamientos acerca de la apertura de investigación, considerando que en el escrito de denuncia solo manifestaron “ intervenir en el asunto solicitando explicación al Juzgado de conocimiento” excediéndose en la petición, no permitiéndole interponer recurso alguno contra la providencia que abrió investigación, sin mencionar la causal en la que supuestamente infringió.(fls 10 a 11).

  4. - Mediante providencia de fecha 9 de marzo de 2010 la Magistrada sustanciadora abrió investigación contra los doctores G.A.G.E. y F.H.Z.M. de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria y Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas, por la conducta irregular disciplinaria en que hubieren incurrido en la investigación disciplinaria iniciada contra el quejoso doctor C.A.L.L., para lo cual ordenó la practica de algunas pruebas (fls. 15 a 17 c.o) de las cuales se obtuvo:

  5. -1.- Despacho comisorio enviado por esta Corporación al Tribunal Superior de Manizales Sala Penal para notificación de los Magistrados investigados sobre apertura de investigación con los insertos (fl18).

    4-2.- Constancia expedida por la Jefe del área de talento humano del Consejo Superior de la Judicatura Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Seccional Manizales acreditando los sueldos recibidos (fls.24).

    4.3.- Constancia expedida por la Jefe del área de talento humano del Consejo Superior de la Judicatura Dirección Ejecutiva de Administración Judicial Seccional Manizales donde certifica los cargos desempeñados por el...

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