Providencia nº 11001010200020090134500 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 16 de Noviembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 336601486

Providencia nº 11001010200020090134500 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 16 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2010
EmisorSala Disciplinaria

RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil diez (2010)

Magistrada Ponente Dra. J.E.G.D.G.

Radicado No. 110010102000200901345 00 (1208 - 05)

Aprobado Según Acta de Sala No. 127 de la misma fecha.

VISTOS

Se decide lo pertinente de conformidad con lo previsto en la Ley 734 de 2002, dentro la investigación disciplinaria adelantada contra los doctores J.F.R.C., H.S.M. y A.M.T.R., en su condición de Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, en virtud de la queja presentada en su contra por la señora J.R.C..

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

  1. - La génesis de la presente investigación disciplinaria la constituyó la queja presentada por la señora JULIA ROSA CARDONA contra los doctores J.F.R.C., H.S.M. y A.M.T.R., en su condición de Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, por posiblemente incurrir en mora en resolver el recurso de apelación de la sentencia de primera instancia, emitida en el proceso penal seguido contra el señor D.D.C. y otros, radicado bajo el número 173803104001200621220 00.

    Queja remitida el 14 de mayo de 2009 por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas (fls. 1 a 6 c.o.).

  2. - Mediante auto del 9 de noviembre de 2009, se dispuso indagación preliminar en contra de los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales y se ordenó la práctica de pruebas (fls. 23 y 24 c.o.).

  3. - En fecha 4 de marzo de 2010, el Procurador Delegado para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial, se notificó del auto por medio del cual se ordenó la indagación preliminar (fl. 27 c.o.).

  4. - Mediante oficio No. 2111 del 8 de marzo de 2010, la Secretaría del Tribunal Superior de Manizales, informó que los doctores J.F.R. CUARTAS (Magistrado Ponente), H.S.M. y A.M.T.R., fueron los Magistrados a cargo del proceso penal seguido contra el señor D.D.C. y otros, radicado bajo el número 173803104001200621220 00 (fl. 28 c.o.).

    El Juzgado Penal del Circuito de La Dorada – Caldas, reiteró la información suministrada por el precitado Tribunal Superior de Manizales. Además informó que el proceso entró al Despacho del doctor J.F.R. CUARTAS el 24 de abril de 2008, y el fallo de segunda instancia se profirió el 27 de octubre de 2009. Adjuntó copia de la sentencia de segunda instancia y del auto de paso al Despacho (fls.29 a 45 c.o.).

  5. - La Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, a través del oficio No. 2919 de fecha 12 de abril de 2010, remitió copia de las estadísticas laborales correspondientes al Despacho del doctor J.F.R.C. (fls. 53 a 56 c.o. y c. anexo 1 y CD).

  6. - En cumplimiento de comisorio la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas notificó a los doctores J.F.R.C., H.S.M. y A.M.T.R., del auto de indagación preliminar proferido en las presentes actuaciones (fls. 57 a 66 c.o.).

  7. - En fecha 20 de mayo de 2010, la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, allegó copia de las partes pertinentes de las actas de las sesiones de la Sala Plena donde consta los nombramientos correspondientes doctores J.F.R.C., H.S.M. y A.M.T.R., como Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales y las certificaciones de tiempo de servicios y actas de posesión (fls. 74 a 91 c.o.).

  8. - Mediante auto del 16 de junio de 2010, se ordenó la apertura de investigación disciplinaria en contra de los doctores J.F.R.C., H.S.M. y A.M.T.R., en su condición de Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, por la presunta mora en que incurrieron en resolver el recurso de apelación interpuesto dentro del proceso penal seguido contra el señor D.D.C. y otros, por el delito de falsedad en documento privado, radicado bajo el número 173803104001200621220 00; al igual se decretaron algunas pruebas (fls. 93 a 97 c.o.).

  9. - De la anterior decisión fueron notificados el Procurador Delegado para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial, y los disciplinables (fls. 103, 134 a 143 c.o.).

  10. - El Juzgado Penal del Circuito de La Dorada – Caldas, el 29 de julio de 2010, remitió a las presentes actuaciones el expediente correspondiente al proceso penal seguido contra el señor D.D.C. y otros, radicado bajo el número 173803104001200621220 00, (fl. 122 y cuadernos anexos 3 a 10).

  11. - La Presidencia del Tribunal Superior de Manizales, a través del oficio No. 1784 del 25 de agosto de 2010, allegó...

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