Providencia nº 13001110200020070008601 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 12 de Mayo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 336855766

Providencia nº 13001110200020070008601 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 12 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2010
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá D.C., 12 de mayo de 2010

Magistrado Ponente: D.J.A.O.G.

Radicación No. 130011102000200700086 01

Aprobado Según A.N. 54 de la misma fecha

ASUNTO

La Sala entra a resolver el recurso de apelación contra la decisión adoptada el 8 de septiembre de 2009, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bolívar, Magistrado doctor L.L.L., por medio de la cual decretó la terminación del procedimiento disciplinario a favor del doctor M.H.C., en la audiencia de pruebas y calificación provisional prevista en el artículo 105 de la Ley 1123 de 2007.

HECHOS

Los señores FREDDIS RAMÍREZ SALGUEDO y ORLANDO BATISTA RAMÍREZ, presentaron queja el 13 de febrero de 2007, contra el abogado M.H.C., con ocasión del poder que el padre del primero, le confirió al togado para que adelantara demanda de prescripción adquisitiva de dominio, asegurando que habían transcurrido más de 5 años sin obtener resultado alguno.

Aseguraron que el profesional recibió la suma de $2.000.000, para adelantar el encargo (folio 1 c.o.).

ANTECEDENTES PROCESALES

El Seccional avocó conocimiento el 26 de febrero de 2007, ordenó abrir investigación previa contra el abogado M.H.C. y se acreditara la calidad de abogado del mismo. Asimismo, que los quejosos aportaran copia del poder que otorgó el señor R.R.R. al abogado investigado y los documentos donde constara que hicieron entrega del dinero que refirieron en la queja.

Acreditada la calidad de abogado del doctor HERRERA COTTA, el 22 de mayo de 2008, el Seccional ordenó apertura de investigación, y fijó fecha y hora para la realización de la audiencia de pruebas y calificación provisional.

Iniciada la audiencia de pruebas y calificación provisional[1], el abogado investigado rindió versión libre sobre los hechos que se pusieron de presente por los quejosos; el Despacho decretó las pruebas por él solicitadas y otras de oficio.

Reanudada la audiencia[2], se escuchó en declaración a los señores ORLANDO BATISTA RAMÍREZ y FREDDIS ALBERTO RAMÍREZ SALGUEDO.

PRUEBAS RECAUDADAS

El seccional recaudó entre otros, los siguientes medios de pruebas:

  1. Versión libre del doctor M.H.C., quien aclaró no conocer al señor F.R.S., al señor O.B.R. lo conoció porque solicitó una asesoría para un proceso penal

    Refirió que recibió poder del señor R.R.R. por una denuncia que formuló en contra del señor MORALES NAVARRO por perturbación de la posesión, cuyo conocimiento correspondió a la Fiscalía 6 Local de Cartagena, bajo el radicado No. 110-137, donde se constituyó en parte civil.

    Agregó que no renunció al asunto una vez se entero, por intermedio de la familia, que su poderdante había fallecido.

    Expresó que acordaron como honorarios el 30% de las resultas del proceso y no recibió dinero por las gestiones que adelantó.

    Anotó que los quejosos lo han acosado y denunciado penalmente por el delito de estafa y su actuación ha sido conforme a derecho.

  2. Ampliación de la queja del señor O.B.R., quien señaló en discurso un poco confuso, que en ningún momento dijo que su tío, el señor R.R.R., le había entregado la suma de $ 200.000.000. Refirió que fueron los familiares de éste quienes le entregaron dinero pero nunca les dio recibos.

    Refirió que la hija del señor C.R.S., recibió el dinero.

    Expresó que no tienen conocimiento personal sino por lo que les dijo un testigo, el...

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