Acuerdo nº PSAA11-8529 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 19 de Septiembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354792330

Acuerdo nº PSAA11-8529 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 19 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2011
EmisorSala Administrativa

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, modificado por el Artículo 15 de la Ley 1285 de 2009, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Sala Administrativa del día 14 de septiembre de 2011,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, desde el 19 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2011, un (1) Juzgado de Descongestión de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en Distrito Judicial de Florencia conformado con la siguiente planta de personal: un (1) Juez, un (1) S., un (1) Asistente Jurídico grado 19, un (1) Asistente Administrativo grado 6 y un (1) Citador grado 3.

PARAGRÁGO-. El Juzgado de Descongestión creado contará con el siguiente Código de Identificación 180013187702 de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Juez de Descongestión creado por el presente Acuerdo asumirá el conocimiento de los procesos provenientes del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia, que asigne la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Caquetá, en colaboración con la Presidencia del Tribunal Superior de Florencia.

El Juzgado de descongestión deberá adelantar por lo menos 240 autos interlocutorios y autos de sustanciación. No tramitará acciones constitucionales.

PARÁGRAFO.- El incumplimiento injustificado de este estándar de rendimiento, previo seguimiento estadístico por parte de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico, acarreará la redefinición de la misma.

ARTICULO TERCERO.- Crear transitoriamente, desde el 19 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2011, como apoyo a las medidas de descongestión, cinco (5) cargos de Asistente Administrativo grado 5, adscritos a la Coordinación Administrativa de Florencia.

ARTÍCULO CUARTO.- El nombramiento de los cargos de descongestión, únicamente procederá hasta que los Directores Seccionales de Administración Judicial certifiquen al nominador la disponibilidad de espacios físicos, el mobiliario y la infraestructura tecnológica necesaria para poner en funcionamiento estas medidas de descongestión.

ARTÍCULO QUINTO.- El nombramiento en provisionalidad de los cargos creados por el presente Acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador. Para tal efecto atenderá los criterios fijados por la Corte Constitucional en el fallo C-713 del 15 de julio del año 2008...

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