Acuerdo nº PSAA11-8969 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 14 de Diciembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354792930

Acuerdo nº PSAA11-8969 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 14 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2011
EmisorSala Administrativa

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el Artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en su Sesión del 7 de diciembre de 2011,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 17 de diciembre y hasta el 31 de diciembre de 2011, diez (10) cargos de Asistentes Administrativos Grado 5 adscritos a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca, para realizar el inventario de procesos sin trámite y las demás tareas administrativas asignadas por el Director Seccional.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Reanudar desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 10 de enero de 2012, las medidas enunciadas en el Artículo Primero del Presente Acuerdo.

ARTÍCULO TERCERO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los Artículos Primero, Décimo y Décimo Primero del presente Acuerdo, el nombramiento de los cargos de descongestión únicamente procederá hasta que la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca certifique la disponibilidad de espacios físicos y de infraestructura tecnológica.

ARTÍCULO CUARTO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos creados por el presente Acuerdo, lo efectuará el Director Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca. Para tal efecto atenderá los criterios fijados por la Corte Constitucional en el fallo C-713 del 15 de julio del año 2008 cuando haya lugar.

ARTÍCULO QUINTO.- El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO SEXTO.- El Director Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca reportará mensualmente la gestión judicial de los cargos creados, a la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, dentro de los primeros cinco días de cada mes.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, con la inmediata colaboración de la Unidad de Desarrollo y...

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