Acuerdo nº PSAA11-8913 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 9 de Diciembre de 2011
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2011 |
Emisor | Sala Administrativa |
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el Artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en su Sesión del 23 de noviembre de 2011,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2011, las medidas de creación de once (11) Juzgados Civiles del Circuito de descongestión de Bogotá, establecidas por Acuerdos PSAA10-7042, PSAA10-7049 y PSAA10-7286 y cuyas últimas prórrogas se realizaron con Acuerdo PSAA11-8051.
PARÁGRAFO.- La planta de cargos de cada uno de estos Juzgados de Descongestión seguirá siendo la establecida y suplida respectivamente por el mismo Acuerdo PSAA11-8051.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2011, la medida de creación de nueve (9) Juzgados Civiles del Circuito de descongestión en Bogotá, establecidos mediante Acuerdo PSAA11-8052.
PARÁGRAFO.- La planta de cargos de cada uno de estos Juzgados de Descongestión seguirá siendo la establecida y suplida respectivamente por el mismo Acuerdo PSAA11-8052.
ARTICULO TERCERO.- Reanudar, desde el 1° de enero y hasta el 19 de diciembre de 2012, las medidas de creación correspondientes a los veinte (20) Juzgados Civiles de Circuito de descongestión de Bogotá enunciados en los Artículos Primero y Segundo del presente Acuerdo, conservando la misma conformación de sus plantas de cargos.
ARTÍCULO CUARTO.- Los Juzgados 15, 16, 17, 18, 19 y 20 Civiles de Circuito de Descongestión de Bogotá que por Acuerdo PSAA11-8205, modificatorio del Acuerdo PSAA11-8053, se les asignó el trámite y fallo de procesos diferentes a ejecutivos de competencia de los Juzgados Civiles de Circuito de Bogotá, continuarán con su labor conforme a los parámetros y metas que se establecieron para su gestión, incluidas las aclaraciones que introdujo para los mismos el Acuerdo PSAA11-8736, sobre los procesos que hayan recibido y posean a la fecha por traslado de los respectivos Despachos y además recibirán 180 nuevos procesos dentro del término que se prolonga su vigencia, los que serán repartidos por el Centro de Servicios Administrativos para los Juzgados Civiles y de Familia de Bogotá en forma equitativa para su trámite y fallo, a razón de 30 procesos por Despacho.
ARTÍCULO QUINTO.- Los Juzgados 1 a 14 Civiles de Circuito de Descongestión de Bogotá continuarán conociendo de los procesos ejecutivos de competencia de los Juzgados Civiles de Circuito de Bogotá...
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