Acuerdo nº PSAA11-8925 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 9 de Diciembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354793082

Acuerdo nº PSAA11-8925 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 9 de Diciembre de 2011

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2011
EmisorSala Administrativa

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el Artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en su Sesión del 23 de noviembre de 2011,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2011, las medidas establecida mediante Acuerdo PSAA11-8324 de Julio 29 de 2011, por el cual se crean cuatro (4) Juzgados de Familia de Descongestión en Bogotá, para trámite y fallo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Reanudar desde el 1 de enero de 2012 y hasta el 19 de diciembre de 2012, la medida enunciada en el Artículo Primero del Presente Acuerdo.

ARTÍCULO TERCERO.- La Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá con el apoyo de la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá-Cundinamarca, coordinará y gestionará, durante el término de las medidas establecidas en el presente Acuerdo, la selección y entrega a los Juzgados de Descongestión, de los procesos que se encuentren en los despachos objeto de descongestión, de manera tal que se garantice el cumplimiento de las metas fijadas.

Para llevar a cabo tal entrega, cada despacho objeto de descongestión suministrará a la Sala Administrativa del Consejo Seccional de Bogotá, una relación de los procesos que entrega, la cual indicará por cada uno: despacho de origen, clase de proceso, código de identificación del proceso o número de radicación según corresponda de conformidad con el Acuerdo 201 de 1997, identificación de las partes y fecha radicación.

El inventario o relación se diligenciará en tres copias, una para el archivo del despacho que traslada, otra para adjuntar al paquete de procesos a entregar a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá-Cundinamarca y la tercera para ser fijada en la secretaría de los despachos con el objeto de comunicar a las partes sobre el traslado de los procesos.

De la entrega de los procesos se suscribirán actas en las que se verifique la conformidad de lo entregado y lo relacionado en los inventarios.

ARTÍCULO CUARTO.- Entre el 13 y el 19 de diciembre de 2012, los Juzgados de Descongestión del Distrito Judicial de Bogotá de que tratan el presente Acuerdo, realizarán el inventario de procesos que con corte a 12 de diciembre, llegaren a tener a su cargo y los entregarán con la respectiva relación a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá- Cundinamarca para su custodia.

ARTÍCULO...

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