Acuerdo nº PSAA11-8050 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 28 de Marzo de 2011
Fecha de Resolución | 28 de Marzo de 2011 |
Emisor | Sala Administrativa |
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el Artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en la Sesión de Sala Administrativa de 2 de febrero de 2011,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 1º de abril y hasta el 16 de diciembre de 2011, un total de 15 cargos de Asistente Administrativo Grado 5 adscritos a la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Cinco (5) cargos de Asistente Administrativo Grado 5 creados por este Acuerdo, se encargará de realizar el inventario de procesos con trámite y sin trámite, sistematizar la información y presentar los informes sobre las etapas procesales de los procesos a cargo de cada uno de los Juzgados Penales del Circuito de Bogotá que tratan procesos bajo el procedimiento de Ley 600 de 2000.
ARTÍCULO TERCERO.- Diez (10) cargos de Asistente Administrativo Grado 5 creados por este Acuerdo, se encargará de realizar el inventario de procesos con trámite y sin trámite, sistematizar la información y presentar los informes sobre las etapas procesales de los procesos a cargo de cada uno de los Juzgados Penales Municipales de Bogotá que tratan procesos bajo el procedimiento de Ley 600 de 2000.
ARTÍCULO CUARTO.- La organización, los parámetros y los procedimientos a llevar a cabo, los recursos a utilizar, los instrumentos de recaudo de información y cualquier otro aspecto a concretar para llevar a cabo la gestión por parte de los Asistentes Administrativos Grado 5 creados por este Acuerdo, serán establecidos por la División de Estadística de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico en coordinación con la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá y con la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca.
ARTÍCULO QUINTO.- La Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca, según las necesidades, rotará los empleados entre los diferentes juzgados penales municipales y del circuito que conocen procesos bajo el procedimiento de la Ley 600 de 2000, hasta lograr con el objetivo propuesto.
ARTÍCULO SEXTO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo Primero del presente Acuerdo, el nombramiento de los cargos transitorios únicamente procederá hasta que la Dirección Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca certifique la...
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