Acuerdo nº PSAA11-7680 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 14 de Enero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354795630

Acuerdo nº PSAA11-7680 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 14 de Enero de 2011

Fecha de Resolución14 de Enero de 2011
EmisorSala Administrativa

Por el cual se adoptan unas medidas de descongestión para los Juzgados de Familia de Cali, Circuito y Distrito Judicial del mismo nombre.

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el Artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y, de conformidad con lo aprobado en la Sesión de Sala Administrativa del 13 de enero de 2011,

ACUERDA

TITULO I JUZGADO DE DESCONGESTIÓN

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 17 de enero y hasta el 16 de diciembre de 2011, un Juzgado de Familia de Descongestión con sede en Cali, Piloto de Oralidad, cuyo código de identificación será 760013110701, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Juzgado de Familia de Descongestión de Cali, Piloto de Oralidad, tendrá la siguiente planta de personal: Un (1) Juez nominado Un (1) Secretario nominado Un (1) Asistente Social Grado 1 Un (1) Oficial Mayor nominado Un (1) Auxiliar Judicial 4 Dos (2) Escribientes nominados Un (1) Citador Grado 3 ARTÍCULO TERCERO.- El Juzgado creado mediante el presente Acuerdo hará parte del Plan Piloto de la Oralidad.

TITULO II REDISTRIBUCIÓN DE PROCESOS

ARTÍCULO CUARTO.- El Juzgado de Familia de Descongestión de Cali, Piloto de Oralidad, creado recibirá al inicio de la medida en conjunto de los Juzgados Primero a Décimo de Familia de Cali a descongestionar, un total de 140 procesos, en todos los cuales deberá estar debidamente integrado el contradictorio, según el siguiente detalle:

Tipo de Proceso Cantidad

Jurisdicción Voluntaria 35 Ordinarios 20 Verbales de M. y Menor Cuantía Verbales Sumarios 50 TOTAL 140 ARTÍCULO QUINTO.- Cada uno de los Juzgados Primero a Décimo de Familia de Cali objeto de descongestión, seleccionará proporcionalmente catorce (14) procesos de los tipos referidos en el Artículo Cuarto de este Acuerdo, de los cuales se reitera deberá estar integrado el contradictorio, en estricto orden cronológico del más antiguo al más reciente, según la fecha de entrada al Despacho y efectuará un inventario de los mismos que contendrá la siguiente información: Despacho de origen, código de identificación del proceso o número de radicación, según corresponda de conformidad con el Acuerdo 201 de 1997, clase de proceso e identificación completa de las partes.

El inventario se diligenciará en tres copias, una para el archivo del Despacho que traslada, otra para adjuntar al paquete de procesos a...

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