Acuerdo nº PSAA11-8791 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 17 de Noviembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354797646

Acuerdo nº PSAA11-8791 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 17 de Noviembre de 2011

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2011
EmisorSala Administrativa

LA SALA ADMINISTRATIVA

DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, modificado por el Artículo 15 de la Ley 1285 de 2009, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 2 de noviembre de 2011,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 21 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2011 en el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja los siguientes cargos: Un (1) Técnico en sistemas grado 11 Cuatro (4) Escribientes de circuito nominado Dos (2) Oficiales Mayores de circuito nominados Tres (3) Citadores grado 3 ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombramiento de los cargos de descongestión, únicamente procederá hasta que el Director Seccional de Administración Judicial de Tunja, certifique al nominador la disponibilidad de espacios físicos, el mobiliario y la infraestructura tecnológica necesaria para poner en funcionamiento estas medidas de descongestión.

ARTÍCULO TERCERO.- El nombramiento en provisionalidad de los cargos creados por el presente Acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador. Para tal efecto atenderá los criterios fijados por la Corte Constitucional en el fallo C-713 del 15 de julio del año 2008 cuando haya lugar.

ARTÍCULO CUARTO.- El régimen salarial y prestaciones de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO QUINTO.- El juez coordinador del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja reportará la gestión judicial del mes inmediatamente anterior de los cargos de descongestión, al Sistema de Información Estadístico de la Rama Judicial -SIERJU- en el formato de gestión de cargos habilitado para tal efecto, dentro de los primeros cinco días de cada mes y se regirán por el Acuerdo 2915 de 2005, exceptuando la periodicidad.

PARÁGRAFO: El incumplimiento en el reporte mensual de la gestión podrá acarrear la terminación de la medida.

ARTÍCULO SEXTO.- La Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Boyacá...

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