Acuerdo nº PSAA10-7286 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 29 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 356041478

Acuerdo nº PSAA10-7286 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 29 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2010
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA10-7286 DE 2010

“- Crear transitoriamente, a partir del 1° de octubre y hasta el 16 de diciembre de 2010, seis (6) Juzgados Civiles de Circuito de Descongestión para fallo en Bogotá, cada uno conformado con los siguientes cargos:

Un (1) Juez de Circuito Nominado

Un (1) Sustanciador de Circuito Nominado

ARTÍCULO SEGUNDO.- Asignar a los Juzgados creados en el Artículo Primero de este Acuerdo, los códigos de identificación 110013103701, 110013103702, 110013103703, 110013103704, 110013103713 y 110013103714, respectivamente.

ARTÍCULO TERCERO.- Precisar para los Juzgados de Descongestión creados por este Acuerdo, que la presente medida se mantendrá vigente si cada uno de ellos falla, o hace efectiva cualquiera otra medida de terminación prevista, un mínimo mensual de 9 Procesos Ordinarios o cantidad proporcional, según el caso, provenientes de los Juzgados Quinto, Octavo, Veinticuatro, Veinticinco, Treinta y Tres y Treinta y Nueve Civiles de Circuito de Bogotá a descongestionar

ARTÍCULO CUARTO.- Establecer que el incumplimiento parcial o total injustificado de este estándar de rendimiento, previo seguimiento estadístico por parte de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico, acarreará la redefinición de la medida adoptada.

TITULO II

REDISTRIBUCIÓN DE PROCESOS

ARTÍCULO QUINTO.- El Centro de Servicios Administrativos para los Juzgados Civiles y de Familia de Bogotá, exclusivamente al inicio de la medida, esto es dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación oficial de este Acuerdo, coordinará y gestionará el recibo en conjunto y en una sola entrega de los Juzgados Quinto, Octavo, Veinticuatro, Veinticinco, Treinta y Tres y Treinta y Nueve Civiles de Circuito de Bogotá a descongestionar, de un total de 138 Procesos Ordinarios para fallo, según el siguiente detalle:

|JUZGADO |PROCESOS A TRASLADAR |

|5 |20 |

|8 |40 |

|24 |40 |

|25 |9 |

|33 |20 |

|39 |9 |

|TOTALES |138 |

No obstante, el Centro de Servicios Administrativos para los Juzgados Civiles y de Familia de Bogotá, de acuerdo con las circunstancias que se presenten, adecuará la forma de recibo de procesos, esto es, que podrá recibir procesos de la misma naturaleza, enviados por parte otros Juzgados Civiles de Circuito de Bogotá, en el evento en que los Despachos a descongestionar enunciados en este Artículo no remitan en la forma y oportunidad establecidas el número de procesos señalados, hasta completar el total a distribuir entre los Juzgados de Descongestión...

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