Acuerdo nº 1663 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 11 de Diciembre de 2002 - Jurisprudencia - VLEX 356081234

Acuerdo nº 1663 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 11 de Diciembre de 2002

Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2002
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. 1663 DE 2002

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial de las conferidas por el artículo 106 de la Ley 270 de 1996,

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- SISTEMA DE INFORMACIÓN DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA RAMA JUDICIAL. En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 106 de la Ley 270 de 1996, créase el Sistema de Información de Personal al Servicio de la Rama Judicial.

El Sistema de Información de Personal al Servicio de la Rama Judicial (en adelante Sistema) está conformado por los datos sobre los aspectos personales, académicos y laborales de los servidores judiciales no pertenecientes a la Fiscalía General de la Nación.

El Sistema se alimentará con los datos contenidos en los formatos judiciales de hoja de vida y de actualización, que se anexan y forman parte del presente Acuerdo. Dichos formatos se identifican con la nomenclatura IPSJ-I01 y IPSJ-N01, respectivamente.

El Sistema es el instrumento para el manejo adecuado y eficiente de los asuntos de personal de los servidores judiciales no pertenecientes a la Fiscalía General de la Nación, tales como: los relativos al ingreso en el sistema de nomina, la expedición de certificaciones de aspectos prestacionales (Bono Pensional), la seguridad social, la acreditación de la titularidad para los actos de manejo y disposición de los depósitos judiciales; la prueba de condiciones y calidades en los procesos de selección, traslados y concesión de estímulos académicos.

ARTICULO SEGUNDO.- RESPONSABILIDAD, ADMINISTRACIÓN E INCORPORACIÓN DE LA INFORMACION. La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial es la responsable de la implementación, administración, conservación y custodia del Sistema.

Es función de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial recaudar e incorporar, al Sistema, por intermedio de la Unidad de Recursos Humanos, los datos contenidos en los formatos de los Magistrados y empleados que prestan sus servicios en la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, al igual que de la custodia física de los mismos.

A nivel seccional, corresponde a las direcciones seccionales de administración judicial, incorporar al Sistema los datos contenidos en los formatos de los demás servidores judiciales, según el ámbito de su circunscripción territorial. Cuando fuere del caso...

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