Acuerdo nº PSAA08-5149 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Septiembre de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 356106018

Acuerdo nº PSAA08-5149 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Septiembre de 2008

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2008
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA08-5149 DE 2008

“ PSAA07-4185 de 2007”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y, de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 29 de septiembre de 2008,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar las medidas de descongestión adoptadas por el Acuerdo No. PSAA07-4185 de octubre 22 de 2007, para algunos juzgados Penales Municipales de Cali, Circuito y Distrito Judicial del mismo nombre, cuya última prórroga fue con el Acuerdo No. PSAA08 -4914 de junio 25 de 2008, así

|Juzgado Promiscuo Municipal |Procesos |Prorrogar hasta |

| |Pendientes | |

|Ansermanuevo |5 |Octubre 31 de 2008 |

|Argelia |10 | |

|El Águila |3 | |

|El Dovio |5 | |

|San José del Palmar |13 | |

|U. |7 | |

|R. |32 |Diciembre 31 de 2008 |

|Trujillo |12 |Octubre 31 de 2008 |

|Vijes |3 | |

|Yotoco |4 | |

PARÁGRAFO 1: El Juzgado Promiscuo Municipal de Trujillo debe fallar de manera perentoria 6 procesos mensuales, sin suspender el trámite de los procesos a su cargo.

PARÁGRAFO 2: El Juzgado Promiscuo Municipal de R. debe fallar de manera perentoria 11 procesos mensuales, sin suspender el trámite de los procesos a su cargo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Consejo Seccional de...

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