Acuerdo nº PSAA08-4571 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 28 de Febrero de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 356108526

Acuerdo nº PSAA08-4571 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 28 de Febrero de 2008

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2008
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA08-4571 DE 2008

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Sala Administrativa del 27 de febrero de 2008

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear, por el término de seis (6) meses, cinco (5) juzgados penales de circuito de descongestión, con la siguiente planta de personal, a partir del 1º de abril de 2008:

Un Juez

Un Secretario

Un Oficial Mayor

Un Escribiente

Un Citador

PARÁGRAFO.- Los Juzgados creados en el presenta acuerdo se denominarán Juzgados Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto Penales del Circuito de Descongestión de Bogotá .cuyos código de identificación serán: 110013104913, 110013104914, 110013104915, 110013104916, 110013104917, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos de juez, lo efectuará la Sala Plena del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

ARTÍCULO TERCERO.- El nombramiento de los empleados, en provisionalidad, lo efectuará el respectivo juez de Descongestión.

ARTÍCULO CUARTO.- Los juzgados penales del circuito de descongestión creados mediante éste Acuerdo, conocerán del trámite y fallo de la totalidad de procesos asignados a los Juzgados Quince, Diecisiete y Veintiuno Penales del Circuito de Bogotá, mediante los Acuerdos Nos. PSAA07-4192 y PSAA07-4378 de octubre 25 y diciembre 7, respectivamente.

PARÁGRAFO.- La Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, en coordinación con la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de Bogotá- Cundinamarca, determinarán el nuevo reparto de procesos a los cinco juzgados Penales del Circuito de Descongestión de Bogotá, con el fin de que los despachos queden con una carga equitativa.

Para efectos del reparto, la Oficina Judicial dará aplicación a lo dispuesto por el acuerdo 1589 de 2002.

ARTÍCULO QUINTO.- La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, con la inmediata colaboración de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, verificará y evaluará los resultados de la presente medida.

Para tales efectos, la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico realizará los análisis correspondientes y presentará un...

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