Acuerdo nº PSAA08-4642 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 12 de Marzo de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 356109974

Acuerdo nº PSAA08-4642 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 12 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2008
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA08-4642 DE 2008

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en el numeral 5 del Artículo 85, de la Ley 270 de 1996, una vez oído el concepto previo de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial y de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Sala Administrativa del 12 de marzo de 2008 ,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear un Juzgado de Familia, a partir del 1° de abril de 2008 en Bogotá, con sede en Bogotá, el cual se denominará Juzgado Veintitrés de Familia de Bogotá, cuyo código de identificación será 110013110023, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El Juzgado Veintitrés de Familia de Bogotá, tendrá la siguiente planta de personal:

Un (1) Juez nominado

Un (1) Secretario nominado

Un (1) Asistente Social grado 1

Un (1) Oficial Mayor nominado

Un (1) Escribiente nominado

Un (1) Auxiliar Judicial 4

Un (1) Citador grado 3

ARTÍCULO TERCERO.- Crear un Juzgado Civil del Circuito, a partir del 1º de abril de 2008, con sede en Bogotá, el cual se denominará Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá, cuyo código de identificación será 110013103044, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997.

ARTÍCULO CUARTO.- El Juzgado Cuarenta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá, tendrá la siguiente planta de personal:

Un (1) Juez nominado

Un (1) Secretario nominado

Dos (2) Oficiales Mayores nominado

Dos (2) Escribientes nominado

Un (1) Asistente Judicial grado 6

ARTÍCULO QUINTO.- Crear un Juzgado Civil Municipal, a partir del 1º de abril de 2008, con sede en Bogotá, el cual se denominará Juzgado Setenta y Tres Civil Municipal de Bogotá, cuyo código de identificación será 110014003073, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997.

ARTÍCULO SEXTO.- El Juzgado Setenta y Tres Civil Municipal de Bogotá, tendrá la siguiente planta de personal:

Un (1) Juez nominado

Un (1) Secretario nominado

Dos (2) Oficiales Mayores nominado

Dos (2) Escribientes nominado

Un (1) Asistente Judicial grado 6

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Los juzgados creados mediante el presente Acuerdo harán parte del Plan Piloto...

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