Acuerdo nº PSAA08-4714 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 27 de Marzo de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 356110938

Acuerdo nº PSAA08-4714 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 27 de Marzo de 2008

Fecha de Resolución27 de Marzo de 2008
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA08-4714 DE 2008

“- Entrada en operación. Establecer como fecha de entrada en operación de los Juzgados de Familia del Plan Piloto de la Oralidad, el día 1° de abril de 2008.

ARTICULO SEGUNDO.- Proceso de formación. Los funcionarios y empleados de los Juzgados de Familia Piloto de la Oralidad adelantarán el programa de capacitación, de manera obligatoria, en los turnos que establezca la Escuela Judicial R.L.B., a partir del 1° y hasta el 30 de abril de 2008. Por su parte, la Unidad de Informática de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial brindará la capacitación pertinente, dentro de las mismas fechas.

ARTICULO TERCERO.- Reparto. Los Juzgados Piloto de la Oralidad Familia de Bogotá, tramitarán y evacuarán, a partir del 15 de abril de 2008:

  1. Las acciones de tutela y hábeas corpus que por reparto les corresponda

  2. Un 20% de los procesos verbales que por reparto sean asignados a los Juzgados de Familia de Bogotá.

  3. Un proceso ordinario al mes, a cada uno de los juzgados piloto.

PARÁGRAFO: Los Juzgados de Familia que forman parte de este plan piloto, aplicarán, en los procesos de que trata este artículo, lo dispuesto en el artículo 109 y en el artículo 432 parágrafo 7° del Código de Procedimiento Civil, en el artículo 95 de la Ley 270 de 1996 y los reglamentos que al respecto expida la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura.

ARTICULO CUARTO.- Informes. A efectos de establecer la eficacia de la oralidad, los Juzgados de Familia...

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