Acuerdo nº PSAA08-4457 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 17 de Enero de 2008
Fecha de Resolución | 17 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala Administrativa |
ACUERDO No. PSAA08-4457 DE 2008
“”
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y en el artículo 15 de la Ley 1149 de 2007 y de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Sala Administrativa del 19 de diciembre de 2007,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente por cinco (5) meses, a partir del 21 de enero y hasta el 20 de junio de 2008, dos (2) Juzgados Laborales de descongestión en Armenia, con los siguientes cargos, cada uno:
Un (1) Juez
Un (1) Sustanciador de Circuito
ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos de descongestión, lo efectuará el respectivo nominador.
ARTÍCULO TERCERO.- El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.
ARTÍCULO CUARTO.- Los Juzgados Laborales de Descongestión de Armenia recibirán 362 procesos ordinarios en estado de fallo, provenientes de los Juzgados Laborales de Armenia, así:
|JUZGADOS LABORALES |Procesos que se envían a |
| |descongestión |
|PRIMERO |131 |
|SEGUNDO |171 |
|TERCERO |60 |
|TOTAL |362 |
PARÁGRAFO.- Los Juzgados objeto de descongestión notificarán, telegráficamente en la dirección registrada en el proceso, a las partes y a sus apoderados, sobre la inclusión de los procesos en la medida de descongestión. Los jueces de descongestión para fallo, fijarán nuevas fechas y las comunicarán a las partes. Las sentencias de los procesos objeto de descongestión serán notificadas en audiencia de lectura, que fijará el juez descongestionado.
ARTÍCULO QUINTO.- Los Juzgados Laborales de Descongestión de Armenia deberán fallar mensualmente, un número no inferior a 36 procesos. Sobre su gestión informarán a la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Quindío
ARTÍCULO SEXTO.- Los Jueces de Descongestión enviarán, dentro de los primeros cinco días de cada mes, a la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico de la Sala Administrativa del Consejo...
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