Acuerdo nº PSAA08-5035 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 26 de Agosto de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 356114762

Acuerdo nº PSAA08-5035 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 26 de Agosto de 2008

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2008
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA08-5035 DE 2008

“- Modificar el Articulo Tercero del Acuerdo 4714 de marzo 27 de 2008, el cual quedará así:

“ARTICULO TERCERO.- Reparto. Los Juzgados Piloto de la Oralidad Familia de Bogotá, tramitarán y evacuarán:

  1. Las acciones de tutela, hábeas corpus y procesos de jurisdicción voluntaria que por reparto les corresponda

  2. Un 10% de los procesos verbales y verbales sumarios a cada uno de los juzgados piloto, de los procesos que por reparto sean asignados a los Juzgados de Familia de Bogotá.

  3. Un 2% de los procesos ordinarios a cada uno de los juzgados piloto, de los procesos que por reparto sean asignados a los Juzgados de Familia de Bogotá”

ARTICULO SEGUNDO.- El presente...

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