Providencia nº 05001110200020140063801 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 5 de Junio de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 520139126

Providencia nº 05001110200020140063801 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 5 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2014
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

Bogotá, D.C., 05 de junio de 2014

Aprobado según Acta No. 043 de la fecha

Magistrado Ponente: ANGELINO LIZCANO RIVERA

Radicación No. 050011102000201400638 01

Referencia:

Tutela en Segunda Instancia.

Accionada:

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y Otras.

Accionante:

R.M.M.F..

Primera Instancia:

Improcedente.

Decisión:

Declara Nulidad.

ASUNTO A TRATAR

Sería del caso proceder para resolver la impugnación interpuesta contra el fallo de tutela proferido el 29 de abril de 2014, a través del cual la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, DECLARÓ IMPROCEDENTE la acción de tutela impetrada por la señora R.M.M.F. contra el MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO, LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN DE LAS VÍCTIMAS, FONVIVIENDA e ISVIMED, de no ser porque se evidencio la existencia de una causal de nulidad.

HECHOS Y ANTECEDENTES PROCESALES

Hechos. Son los referidos por la señora R.M.M.F. en el escrito de tutela del 8 de abril de 2014, a través del cual indicó que la entidad accionada emitió una acto administrativo ilegal inconstitucional y violatorio del debido proceso, al respecto señaló:

"El 28/12/19988 fuimos víctimas de desplazamiento forzado de mi propiedad ubicada en el barrio Andalucía la Francia...calle 109B No. 51-52 y 51-59...hecho victimizante que se encuentra reconocido en el Registro Único de Víctimas con el código 2415607, hecho declarado en el Ministerio Público el 08/08/2013...El 22/07/2001 fuimos nuevamente víctimas de desplazamiento forzado de mi propiedad ubicada en el barrio Andalucía La Francia, Calle 109B N° 51-52 y 51-59, hecho vicíimizante que se encuentra reconocido o incluido en el Registro Único de Víctimas con el código 27719, hecho declarado en el Ministerio Público de la ciudad Barranquilla el 03/10/2001...el 27/08/2006, en razón de las denuncias que había puesto en la Fiscalía, los T. pusieron un petardo en mi casa, violándola ...Tal y como se afirma en el artículo del periódico el tiempo el 28/07-/2013, intitulado "La 'reforma urbana' de la banda "los T. de Antioquia"...Esta propiedad, de las cual nos desplazamos, era de propiedad de AZAEL GRACIANO OQUENDO...mi cónyuge fallecido...En la Revista Semana del 07/09/2006 se publicó la historia de mi caso bajo el título...Con la esperanza de acceder a una vivienda propia a la cual tenemos derecho por ser víctimas del conflicto armado y desplazamiento forzado (Ley 1537 de 2012 y 1448 de 2011) nos postulamos, con acompañamiento de la Alcaldía de Medellín, Programa de Atención a Víctimas del Conflicto Armado...convocatoria del M. proyectos de Vivienda de Interés Social Nacional...resulte favorecida por parte de la Alcaldía con $3.605.000, por concepto de valor único de reparación- VUR- que se imputaría a un título de ahorro programado por valor del 10%, el cual, sumado al subsidio de vivienda por el restante...Efectivamente, entones, aunque me postularon para la convocatoria que se abrió mediante Resolución No. 002 del 4 de enero de 2011 del Fondo Nacional de Vivienda, actualmente sigo con ese ahorro programado congelado...eleve ante el Fondo Nacional de Vivienda- FONVIVIENDA- el Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín"

Alegó que en vista de que había pasado mucho tiempo elevó petición a FONVIVIENDA el 12 de febrero de 2014, solicitando "copia del acto administrativo, cuyo número ignoro, mediante el cual supuestamente...se rechazó mi postulación al subsidio familiar... ....En el evento de haberse rechazado mi postulación a vivienda, solicito se me informe la normativa legaL que sustenta dicho rechazo... se me expida copia de la CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL de la citada resolución...Lo anterior por cuanto nunca me he enterado de un supuesto acto administrativo negatorio y, en consecuencia, tampoco he podido ejercer mi derecho de contradicción.

FONVIVIENDA me informa lo siguiente...el motivo del rechazo es que figura como si fuésemos propietarios de dos viviendas, sin tener en cuenta que son los bienes de los cuales nos desplazamos...De igual modo con esta respuesta, se adjuntó la Resolución No. 0578 del 10/08/2011, absolutamente desconocida para mí... y luego en el cuerpo del oficio se indica...su no interpuso recurso de reposición...NUNCA PUDE NI HE PODIDO PRESENTAR RECURSOS POR CUANTO IGNORABA ESTAS DECISIONES ADMINISTRATIVAS, EN LA MEDIDA EN QUE NUNCA ME FUERON NOTIFICADAS.... SE RECHAZÓ MI POSTULACIÓN AL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA SIN RAZÓN ALGUNA. A RAÍZ DE UN POBRE EJERCICIO DE VERIFICACIÓN Y A PARTIR DE UNA VALORACIÓN PROBATORIA QUE OMITIÓ CONSIDERAR QUE LAS VIVIENDAS CON LAS CUALES MI ESPOSO AZAEL APARECE CRUZADO SON DE LAS CUALES ME VI FORZADO A DESPLAZARME. NUNCA SE ME NOTIFICÓ NI SE ME DIO LA OPORTUNIDAD DE CONTROVERTIR EN DEBIDA FORMA LA RESOLUCIÓN DE RECHAZO, LA CUAL VINE A CONOCER LA SEMANA PASADA.". (fls. 1-14 c.o.)

Pretensiones. "PRIMERA PRINCIPAL. El amparo de mis derechos fundamentales invocados, que se deje sin efectos el acto administrativo inexistente y no notificado mediante la cual se rechazó mi postulación al subsidio familiar de vivienda Resolución No. 0578 del 10/08/2011 y los oficios de respuestas negatorios emitidos por el ISVIMED v FONVIVIENDA, la cual adolece de todos los vicios aquí predicados.

PRIMERA CONSECUENCIAL. En consecuencia, que se ordene a las entidades Accionadas, FONVIVIENDA e SVIMED, que se me asigne y garantice el acceso a una solución efectiva de vivienda, a través un subsidio familiar de vivienda, de forma inmediata, para lo cual puedo destinar los recursos por valor de $3.605.000 con los cuales fue favorecida por la Alcaldía de Medellín."

Pruebas. Anexó como pruebas entre otras la copia de la Resolución No- 0578 de 10 de agosto de 2011, la fotocopia del comprobante de la inscripción en el Registro Único de población desplazada. (Fls.15-87).

ACTUACIÓN PROCESAL

Por auto del 8 de abril de 2014, la Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia, doctora C.R.T.B., asumió el conocimiento de la acción admitiéndola; dispuso notificar a la actora y a las accionadas - FONVIVIENDA, MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO y al INSTITUTO SOCIAL DE VIVIENDA Y HABITAT DE MEDELLÍN, ORDENÓ vincular a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL DE LAS VICTIMAS a quienes se les otorgó un término de 2 días para ejercer el derecho de defensa y contradicción (fl.88 c.o.).

Intervención de las partes accionadas. Notificadas las partes, concurrieron al llamado de tutela, en su orden:

La doctora H.V.B., en su condición de apoderada del Ministerio de Vivienda, mediante escrito del 11 de abril de 2014, quien se opuso a los hecho y a la prosperidad de las pretensiones considerando que no es el ente encargado de de otorgar los subsidios de vivienda de interés social, solicitó la desvinculación de ese ente por falta de legitimidad por pasiva. (fls.97 a 103 c.o.).

El doctor L.A.D.R., en su condición de Representante Judicial de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las victimas indicó no ser la Única Entidad que debe responder por las víctimas del conflicto y por lo tanto solicitó integrar de manera adecuada el sujeto pasivo con aquellas Entidades fines de atención y reparación a las víctimas; así mismo solicitó su desvinculación de la Tutela (fls.124 a 125 c.o.).

La doctora A.M.N.A., como apoderada del Fondo NACIONAL DE Vivienda FONVIVIENDA, a través de oficio datado el 15 de abril de 2014, dijo que la accionante se postuló a "la convocatoria realizada por Fonvivienda para población desplazada en el año 2007 en la modalidad ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA O USADA PARA HOGARES PROPIETARIOS...a un subsidio de $15.450.000,00. Adquiriendo un estado de CALIFICADO. Posteriormente la señora R.M.M.F., se postuló a la bolsa de Macro proyectos Medellín, Nuevo Horizonte, en la modalidad DE ADQUISICIÓN DE NUEVA VIVIENDA en proyecto Macroproyecto Ciudadela Nuevo Occidente Chagualon, a un subsidio por la suma de $ 11.715.000.00...estado rechazada y/o cruzado,...Y para enero del año en curso ...se postuló Adquisición de vivienda subsidio en especie...PROYECTO ...Altos de Calasanz...estado actual no cumple con los requisitos." Indicó:

"LA ACCIONANTE A LA FECHA NO HA SIDO BENEFICIARIO, QUE FONVIVIENDA NO ASIGNA TURNOS NI SEÑALA FECHAS PARA EL OTORGAMIENTO DEL SUBSIDIO A LOS HOGARES QUE SE ENCUENTRAN EN ESTADO "CALIFICADO" PORQUE ESTÁ REGULADO LEGALMENTE. ELLA ESTUVO EN LA LIBERTAD DE PRESENTARSE A LAS DIFERENTES A LAS DIFERENTES CONVOCATORIAS QUE HA REALIZADO FONVIVIENDA, Y NO HA CUMPLIDO LOS...

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