Sentencia nº 2013002265 00 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 23 de Enero de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 544183806

Sentencia nº 2013002265 00 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 23 de Enero de 2014

Número de sentencia2013002265 00
Fecha23 Enero 2014
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

Magistrada Ponente

MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA

Bogotá D.C., veintitrés (23) de enero de dos mil catorce (2014)

Acción de tutela de la señora G.A. de C. contra el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogotá.

Discutido y aprobado en sesión de Sala de Decisión de 23 de enero de 2014, según acta N°2 de la misma fecha.

Resuelve la Sala en primera instancia la acción de tutela de la referencia.

ANTECEDENTES
  1. Por conducto de su apoderado, la señora G.A. de C., invocó la acción de tutela para que le sea protegido el derecho al debido proceso, presuntamente vulnerado por el Juzgado Trece Civil del Circuito de Descongestión, y en consecuencia, solicitó, como medida preventiva, que se "impida" la venta de la finca "la fortuna", hasta tanto se resuelva esta queja constitucional; que se declare la nulidad de todo lo actuado en los procesos ejecutivos hipotecarios donde se vieron afectados los derechos de la familia "C.A." y por lo tanto se ordene la indemnización de los perjuicios (daño emergente y lucro cesante).

  2. Como sustento de sus pretensiones expuso, en síntesis, que su exesposo, el señor H.C. explotaba la Cantera ubicada en la vereda "Hato Grande" del Municipio de Sopo (Cundinamarca); que para ello compró "un buldoser (sic) y un cargador de maquinaria", a travès de un préstamo de "$100'000.000" que le hiciera el señor J.J.L.R.; que dicha maquinaria se encontraba en muy malas condiciones, razón por la cual no pudo explotar su terreno de manera adecuada, impiediendole así obtener los recursos para responder con la obligación que garantizó con "una hipoteca de segundo grado y dos pagarés"; que para respaldar dicha deuda acudió a otro préstamo al señor H.B.R., por "$50'000.000", quien también le exigió la firma de dos pagarés y una hipoteca de primer grado sobre la finca la "Fortuna", sin embargo, nunca recibió dicha suma de dinero; que a su vez la CAR le exigió muchos requisitos que le imposibilitaron explotar el referido terreno; que en vista de ello, solicitó la devolución de los pagarés al señor B.R., sin embargo éste desapareció" y años más tarde, junto con su abogada instauró una demanda ejecutiva hipotecaria en virtud de los títulos mencionados previamente; que igualmente el señor J.R. formuló la acción ejecutiva por la suma de "$100'000.000"; proceso que fueron acumulados al expediente Nº2008.-0285 en el que se incurrión en una serie de irregularidades, por cuanto no fue notificado en debida forma y el curador...

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