Sentencia nº 11001310303221000535 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 25 de Marzo de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 544610618

Sentencia nº 11001310303221000535 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 25 de Marzo de 2014

Número de sentencia11001310303221000535 01
Fecha25 Marzo 2014
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

REPÚBLICA DE COLOMBIA

252158524955500RAMA JUDICIAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

DE BOGOTÁ - SALA CIVIL

Bogotá D.C., veinticinco (25) de marzo del año dos mil catorce (2014).

REF. (SÚPLICA) PROCESO ORDINARIO DE J.F.S. CONTRA SOCIEDAD FALLA Y DELGADILLO Y COMPAÑÍA ILIMITADA.

RAD. 11001310303221000535 01

Magistrado Sustanciador. NANCY ESTHER ANGULO QUIROZ

  1. ASUNTO

Se resuelve el recurso de súplica que la parte demandante interpuso contra el auto proferido el 17 de febrero de 2014, por la Magistrada, C.I.M.B., por medio del cual declaró inadmisible el recurso de apelación formulado contra el auto calendado 5 de noviembre de 2013.

ANTECEDENTES

J.H.F.S. convocó a juicio a la sociedad Falla y D. y Compañía Ltda para que se declarara a la demandada civilmente responsable de los perjuicios causados con ocasión a los daños sufridos en el apartamento 301 de su propiedad ubicado en la Calle 145 A No. 21-52 y se le condenara al pago de las sumas que por dicho concepto se indicaron en la demanda.

En el curso del mentado proceso el Juzgado Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogotá a instancia del demandante, el 7 de octubre de 2010, ordenó la inscripción de la demanda sobre un inmueble de propiedad de la sociedad demandada localizado en la Calle 145 A N° 21-52, apartamento 902 identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria N° 50N-20546957; medida que se inscribió en debida forma el 15 de octubre de esa anualidad, a través de la correspondiente anotación efectuada por la Oficina de Registro de Bogotá - Zona Norte..

El 25 de enero de 2013, se profirió sentencia estimatoria de las pretensiones de la demanda, en la que se declaró a la sociedad Falla y D. y Compañía Limitada civilmente responsable de los perjuicios ocasionados a la parte demandante, con ocasión de los daños causados al apartamento 301 de propiedad de éste y, como consecuencia de lo anterior la condenó a pagar al demandante las sumas de $176'701.500 por los daños materiales y el equivalente a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes a título de perjuicios morales; sumas que debían pagarse a la demandada dentro de los 5 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, pues vencido dicho termino si no se satisfacía la orden impuesta se generarían intereses moratorios legales vigentes a la tasa del 6% anual.

Ejecutoriada la sentencia condenatoria, por auto del 11 de febrero de 2013 (fl. 19), a instancia de la parte actora...

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