Sentencia nº 044 2012 00032 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 15 de Febrero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 544610626

Sentencia nº 044 2012 00032 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 15 de Febrero de 2012

Número de sentencia044 2012 00032 01
Fecha15 Febrero 2012
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA

SALA CIVIL

Magistrado ponente:

MARCO ANTONIO ÁLVAREZ GÓMEZ

Bogotá D.C., quince (15) de febrero de dos mil doce (2012)

Ref.: Acción de tutela de M. delT.R.A. y E.R.A. contra la Inspección 18-E Distrital del Policía – Localidad Rafael Uribe Uribe

(Discutido y aprobado en sesión de la misma fecha).

Decide la Sala la impugnación presentada por los accionantes contra la sentencia de 30 de enero de 2012, proferida por el Juzgado 44 Civil del Circuito de Bogotá dentro del proceso de la referencia.

ANTECEDENTES
  1. Los señores M.D.T.R.A. y E.R.A. solicitaron la protección de su derecho fundamental a un debido proceso, supuestamente vulnerado por la Inspección 18 E Distrital de Policía de la Localidad R.U.U. de Bogotá, en el marco de la diligencia de entrega que ordenó el Juzgado 50 Civil Municipal de Bogotá dentro del proceso abreviado de restitución de inmueble arrendado que contra ellos adelanta Soluciones de Vivienda y Obras Civiles S.A., Solvida S.A., por cuanto (a) el Inspector asumió conocimiento pese a que el juzgado no lo había comisionado, y (b) practicó la diligencia en una dirección –Calle 49-D Sur No.10-06, interior 4- que no existe.

    Para justificar su reclamo, los accionantes hicieron un recuento de la actuación procesal adelantada en dicho juicio, en el que la apoderada de la señora Rojas no adelantó ninguna defensa, para resaltar luego las irregularidades en las que, en su criterio, incurrió el referido funcionario accionado.

  2. El Juez 50 Civil Municipal de Bogotá se opuso a la tutela y manifestó que el proceso se surtió con total respeto al debido proceso, y que en firme la sentencia, para la restitución del inmueble dispuso comisionar al inspector de policía de la zona respectiva y/o al juez civil municipal de descongestión de Bogotá, para lo cual se libró el despacho comisorio No. 0159 de 13 de junio de 2011; que ante la omisión del juez de descongestión en practicar la diligencia, pese el requerimiento que se le hizo, por solicitud del demandante se dispuso la devolución del comisorio en procura de darle cumplimiento a la sentencia, sin que hubiere regresado debidamente diligenciado.

    La Juez 10 Civil Municipal de Descongestión de Bogotá manifestó su imposibilidad de contestar la tutela, porque el juez anterior ordenó la devolución de las diligencias al juzgado de origen.

    Los demás interesados guardaron silencio, pese a que fueron notificados.

    LA SENTENCIA IMPUGNADA

    La juez de primera...

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