Sentencia nº 110012203000201400428 00 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 19 de Marzo de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 544610806

Sentencia nº 110012203000201400428 00 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 19 de Marzo de 2014

Número de sentencia110012203000201400428 00
Fecha19 Marzo 2014
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

REPÚBLICA DE COLOMBIA

249364520701000RAMA JUDICIAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

DE BOGOTÁ - SALA CIVIL

Bogotá D.C., diecinueve (19) de marzo de dos mil catorce (2014).

REF. ACCIÓN DE TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA DE K.P.C.T. CONTRA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Y LA REGISTRADURÍA DELEGADA PARA EL REGISTRO CIVIL Y LA IDENTIFICACIÓN Y LA DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO CIVIL

RAD. 110012203000201400428 00

Magistrada Ponente. N.E.A.Q.

Discutido y aprobado en Sala del 19 de marzo de 2014

Acta Nº 10

  1. ASUNTO

Resuelve el Tribunal la acción de tutela interpuesta por K.P.C.T. contra la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Registraduría Delegada para el Registro Civil y la Identificación y la Dirección Nacional de Registro Civil.

ANTECEDENTES

La señora K.P.C.T. promovió acción de tutela contra la entidad antes relacionada, con la finalidad de obtener el amparo de su derecho "a la participación en la conformación, ejercicio y control del poder político" [sic] el cual considera le ha sido vulnerado.

Como fundamentos fácticos de la acción incoada, se invocaron los que a continuación se sintetizan:

Que fue víctima de hurto de sus documentos personales, entre ellos la cédula de ciudadanía, razón por la cual una vez puestos los denuncios del caso, con el ánimo de solicitar el duplicado de dicho documento, consignó el valor requerido para tal fin y se dirigió, por la cercanía a su hogar, al Súper Cade de Suba, donde fue informada que allí ya no se recibía dicho trámite.

Señala que por lo anterior se dirigió a la Registraduría Auxiliar de Usaquén y a la de Suba, en las cuales se maneja el sistema de turnos, por lo que en ésta última fue advertida que debía llegar sobre las 5:30 a.m. para lograr que le den un turno, lo que a su parecer resulta inaudito máxime teniendo en cuenta que en la página oficial de la Registraduría Nacional no figura dentro de los requisitos el hecho de solicitar una ficha para la asignación de turnos para poder realizar dicho trámite.

Finalmente, señaló que no se puede desplazar tan altas horas de la mañana pues tiene un hijo de 10 meses que estuvo hospitalizado, sumado a que ha perdido tiempo y dinero desplazándose a diversas R.A..

Finalmente indicó que el día que interpuso la presente acción se enteró que ese era el último día para solicitar el duplicado de las cédulas por el tema de las elecciones al Congreso y Parlamento Andino, por lo que los trámites se retomarán el día 12 de marzo, no obstante, para ella es sumamente importante, trascendental y significativo tomar parte en las elecciones y ejercer su derecho al voto.

  1. PETICIONES

    Se ampare el derecho fundamental invocado y, en consecuencia, se ordene al Registrador Nacional del Estado Civil que le sea expedido el duplicado de su cédula de ciudadanía para ejercer su derecho al voto y se actualice la página de la entidad en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR