Providencia nº 11001010200020140008100 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 27 de Agosto de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 549103454

Providencia nº 11001010200020140008100 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 27 de Agosto de 2014

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2014
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá, D.C., 27 de agosto de 2014

Aprobado según Acta No. 066 de la fecha

Magistrado Ponente: ANGELINO LIZCANO RIVERA

Radicación No. 110010102000201400081 00

Referencia: Funcionario en Única Instancia.

Denunciados: A.V.M. y M.L.H.M..

Magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá.

Denunciante: J.G.V.R.

Decisión: Terminación y archivo.

ASUNTO A TRATAR

Procede la Sala a resolver el mérito de la presente indagación preliminar, adelantada contra los doctores A.V.M. y M.L.H.M., Magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá.

ANTECEDENTES PROCESALES

Tienen origen las presentes diligencias en el extenso manuscrito de queja calendada 5 de noviembre de 2013, suscrita por el señor J.G.V.R., a través del cual solicitó se investigaran las presuntas irregularidades en que pudieron haber incurrido los doctores A.V.M. y M.L.H.M. en su calidad de Magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, al proferir decisión con la cual resolvieron INHIBIRSE DE PLANO en queja interpuesta por el aquí quejoso ante el despacho Seccional de los investigados bajo radicado No. 110011102000201304655 00 F contra las Juezas 14 Laboral del Circuito de Bogotá y 13 Laboral del Circuito en Descongestión de la misma ciudad.

El día 17 de enero de 2014, le correspondió por reparto al despacho de quien funge como ponente, la queja del señor J.G.V.R., allegada a esta S. el 5 de noviembre de 2013.

- INDAGACIÓN PRELIMINAR

Conforme lo anterior, este Despacho mediante auto del 30 de enero de 2014, ordenó Indagación Preliminar contra los doctores A.V.M. y M.L.H.M. en su calidad de Magistrados de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, etapa dentro de la cual se recaudaron los siguientes elementos de juicio:

1- Copia de la decisión proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá el 29 de agosto de 2013, dentro del proceso radicado bajo el No. 110011102000201304655 00 F, seguido contra las Juezas 14 Laboral del Circuito de Bogotá y 13 Laboral del Circuito de la misma ciudad. (fls. 4 a 9 cdno Anexo No. 2.)

2- Diligencia de notificación personal a la doctora M.L.H.M., en su calidad de Magistrada de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá. (fl. 31 c.o).

3- Edicto suscrito por la Secretaría Judicial de esta corporación por el cual se notificó de la presente investigación al doctor A.V.M.M. de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, ya que no se logró la notificación personal del mismo. (fl. 33 c.o.)

4- Constancia No. 0276-2014 del 29 de mayo de 2014, de la Secretaría de esta Sala certificando la calidad de funcionaria de la doctora M.L.H.M., anexando los actos de nombramiento, posesión y constancia de tiempo de servicios (fl.36 a 50 c.o.).

5- Constancia No. 280-2014 del 29 de mayo de 2014, de la Secretaría de esta Sala certificando la calidad de funcionario del doctor A.V.M., anexando los actos de...

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