Providencia nº 11001010200020150170100 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 26 de Junio de 2015
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2015 |
Emisor | Sala Administrativa |
Bogotá, D.C., 26 de junio de 2015
Aprobado según Acta No. 050 de la fecha
Magistrado Ponente: ANGELINO LIZCANO RIVERA
Radicación No. 110010102000201501701 00
Referencia:
Conflicto Negativo de Jurisdicciones
Colisionantes:
Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Bogotá y Juez Décimo Administrativo de Descongestión de la misma ciudad.
Tema:
Demanda Ordinaria Laboral instaurada por la señora T.S.M., contra la Nación, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Fiduprevisora S.A. e Instituto del Seguro Social en liquidación.
Decisión:
D. asignando el conocimiento a la Jurisdicción Ordinaria Laboral.
ASUNTO A DECIDIR
Se pronuncia la Sala sobre el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Décimo Administrativo de Descongestión de la misma ciudad, con ocasión del conocimiento de la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho laboral, instaurada por la señora T.S.M., contra la Nación, Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Fiduprevisora S.A. e Instituto del Seguro Social en liquidación.
HECHOS Y ANTECEDENTES PROCESALES
La señora T.S.M. a través de apoderado judicial, instauró el 19 de junio de 2012 demanda ordinaria laboral contra la Nación - Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Fiduprevisora S.A. e Instituto del Seguro Social en liquidación. Pretende, que se declare que son nulos en forma total los Actos Administrativos contenidos en las comunicaciones: "1) 2011EE102333 01 de Diciembre 10 de 2011 con el cual F.S.A. dio respuesta a la reclamación radicada con No. 2011ER209131; 2) No. 1100000.14911 de Diciembre 23 de 2011 con el cual el Ministerio de Salud y Protección Social dio respuesta a la reclamación ante ellos presentada S/N; 3) No. 1100000-14872 de Diciembre 23 de 2011 con el cual el Ministerio de Salud y Protección Social dio respuesta para el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la reclamación presentada ante ellos con No. 1-2011-071867: 4) El acto ficto en que incurrió la administración a través del Instituto de Seguros Sociales al no dar respuesta a la reclamación elevada ante ellos con No. 167768." Lo anterior, encaminado al reconocimiento y pago de una nivelación salarial en virtud de la convención colectiva de trabajo celebrada entre el Instituto de Seguros Sociales y el Sindicato Nacional de Trabajadores por una posible reubicación.
CONCEPTO DEL JUZGADO DÉCIMO ADMINISTRATIVO
DE DESCONGESTIÓN DE BOGOTÁ
Inicialmente conoció del Proceso el Juzgado Doce Administrativo de Bogotá, Sección Segunda, quien por auto del 27 de junio de 2012, la inadmitió. Subsanada la misma, mediante proveído del 28 de julio de 2012 fue admitida. Posteriormente, en virtud del Acuerdo PSAA12-9454 del 23 de mayo de 2012, correspondió por reparto a este Juzgado, que mediante auto del 6 de agosto de 2013 asumió conocimiento y ordenó cumplir el auto que abrió a pruebas. Sin embargo, por Auto del 19 de mayo de 2014, declaró la nulidad de todo...
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