Providencia nº 11001010200020110035700 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 22 de Junio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 335416974

Providencia nº 11001010200020110035700 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 22 de Junio de 2011

Fecha de Resolución22 de Junio de 2011
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

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RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA | |

Bogotá D.C., veintidós (22) de junio de dos mil once (2011)

M. P. Dr. PEDRO ALONSO SANABRIA

Rad. Nro.110010102000201100357 00

Aprobado según Acta de Sala No 61 de la misma fecha.

R.. Disciplinario contra Magistrados del Tribunal Superior de Distrito Judicial Cundinamarca. D.F.V.C.. Ministro del Interior y de Justicia.

ASUNTO POR DECIDIR

Procede esta Sala a evaluar el mérito de la indagación preliminar adelantada contra los Magistrados del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cundinamarca, por denuncia que presentó el Ministro del Interior y de Justicia FABIO VALENCIA COSSIO, y decidir si se inicia investigación o se decreta su terminación y archivo.

SITUACIÓN FACTICA

Corresponde en esta oportunidad conocer la denuncia realizada por el Ministro del Interior y de Justicia FABIO VALENCIA COSSIO, por presuntos otorgamientos irregulares de beneficios de libertad extramural a sindicados y condenados por delitos de alto impacto social, al parecer por Magistrados del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá y Cundinamarca; en este caso, se refiere, según la relación de procesos, a la procesada o imputada H.D.H.A.R., sin más datos.

ACTUACIÓN PROCESAL

  1. Mediante auto calendado en marzo 30 de 2011, se avocó el conocimiento de las diligencias, y se ordenó abrir indagación preliminar contra los Magistrados del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cundinamarca, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley 734 de 2002, y la práctica de algunas pruebas, como solicitar a la Secretaría de los Tribunales en mención, información sobre el proceso o procesos que conocieron los Magistrados a nombre de A.R.H.D.H.. En igual sentido al Tribunal Superior de Bogotá y Cundinamarca, toda vez que en la denuncia se hace referencia a Magistrados de dichos Tribunales.

  2. La Secretaría del Tribunal Superior de Distrito judicial de Cundinamarca, en oficio No. 0798 del 13 de abril de 2011, informa que “una vez consultado el Sistema de Registro de Actuaciones y Procesos Judiciales, de esta Corporación, con relación a la radicación y procesado de la referencia, me permito informarle que no se encontró registro de que bajo ese nombre curse Proceso Penal alguno en contra de la sindicada de la referencia”. Se refiere a la procesada A.R.H.H.. (folio 12).

  3. En el mismo sentido, informa la Secretaría del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, - Sala Penal -, con oficio No. S2-02467 del 14 de abril de 2011. Que “revisado el Sistema de Gestión Administrativa SIGLO XXI, ninguna de las actuaciones figura, como tampoco el nombre de los procesados”.

CONSIDERAC...

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