Providencia nº 11001010200020110154300 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 28 de Septiembre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 335449210

Providencia nº 11001010200020110154300 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 28 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2011
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

Bogotá, D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil once (2011)

Magistrado Ponente: Dr. P.A.S.B.

Radicado: 11001 01 02 000 2011 01543 00

Aprobado según A.N. 90 de la misma fecha.

Ref.: Indagación preliminar contra MAGISTRADOS DE LA SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL ATLÁNTICO.

VISTOS

Procede la Sala a calificar el mérito de las pruebas recaudadas en la indagación preliminar adelantada en razón de queja formulada en contra del doctor MARIO H.G.G. en calidad de MAGISTRADO DE LA SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL ATLÁNTICO.

ANTECEDENTES
  1. En atención al escrito de fecha 18 de mayo de 2011[1], a través del cual la señora C.M.D.M. endilgó a la SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA DEL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DEL ATLÁNTICO, no haber dado respuesta alguna a la queja que interpuso contra el abogado S.R.G.V. el día 17 de febrero de 2011, radicado 2011-00167, con fundamento en los incisos 2º y 3º del artículo 150 de la Ley 734 de 2002, por auto de fecha 15 de junio de 2011[2], se resolvió ABRIR INDAGACIÓN PRELIMINAR a fin de individualizar el posible autor de la falta, la ocurrencia de la conducta, si es constitutiva de falta disciplinaria o si se ha actuado al amparo de una causal excluyente de responsabilidad.

  2. En tal virtud, se ordenó oficiar a la Secretaría de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, solicitando se informara el trámite dado a las queja presentada ante esa Corporación por la señora C.M.D., en contra del abogado S.R.G.V., el nombre del Magistrado a cargo del asunto, y remitiera copia de la actuación surtida[3].

  3. El día 9 de agosto de 2011, se recibió informe de la Secretaria de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico, en el que se indicó que la queja interpuesta por la señora C.M.D.M. contra el abogado S.R.G.V. fue asignada previo reparto al Magistrado MARIO H.G.G.. Las diligencias, una vez se verificó la calidad de abogado del inculpado, pasaron al Despacho el 12 de abril de 2011 y salió el 25 del mismo mes y año, señalando como fecha para celebrar la Audiencia de Pruebas y Calificación Provisional de que trata el artículo 105 de la Ley 1123 de 2007, el día 19 de septiembre de 2011 a las 9:00 a.m., y anexó fotocopias de la actuación adelantada (radicado...

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