Providencia nº 11001010200020100147500 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 22 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 336552970

Providencia nº 11001010200020100147500 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 22 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2010
EmisorSala Disciplinaria

RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Radicación No. 110010102000201001475 00

Registra Proyecto: 20-09-2010

Magistrado Ponente: Dr. HENRY VILLARRAGA OLIVEROS

Bogotá D.C. Veintidós (22) de septiembre de dos mil diez (2010)

Aprobado Según Acta No. 108 de la misma fecha

ASUNTO A DECIDIR

Se resuelve lo que en derecho corresponda en torno al escrito allegado por el ciudadano J.C.H. a esta Superioridad.

LA CONDUCTA INVESTIGADA

Mediante oficio radicado en la Secretaría Judicial de esta Sala el 5 de mayo de 2010, la Sala Disciplinaria de Descongestión del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, remitió por competencia escrito del ciudadano J.C.H., en el que aparentemente denuncia irregularidades en la investigación penal adelantada en su contra, por parte del JUEZ 23 PENAL DEL CIRCUITO y los MAGISTRADOS DE LA SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN.

No obstante, revisada la documental allegada, se advierte que esta conformada por varios escritos, por demás difusos, firmados por el señor J.C.H., quien manifiesta estar actualmente recluido en el Instituto Penitenciario y C. de Medellín, empero, en ninguno de sus apartes se solicita formalmente investigación disciplinaria en contra de los funcionarios que conocieron del proceso por el cual al parecer se encuentra privado de la libertad; sencillamente se limita a hacer un recuento confuso sobre los hechos en los que se originó el delito por el cual fue procesado denominándolo como “triple homicidio tentativa de homicidio y porte ilegal de armas de fuego”. Indicando que la sentencia condenatoria fue confirmada, y por ello solicita, la revisión del proceso y la verificación de sus antecedentes penales, que a su juicio, pueden dejarlo bien librado de los cargos que le fueron imputados.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 256 numeral 3º de la Constitución Nacional y 112 numeral 4º de la Ley 270 de 1996, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, es la Corporación competente para conocer y resolver en esta instancia de las investigaciones disciplinarias que se adelanten contra los Magistrados de los Tribunales Superiores y Administrativos del país.

Ahora bien, para la Sala es claro[1] que el Derecho Disciplinario pertenece al ámbito de las relaciones especiales de sujeción, del cual emana el soporte para la construcción de la idea de potestad disciplinaria, entendiéndose como tal “la capacidad sancionadora de la administración frente a sus funcionarios”[2] en orden a exigir obediencia y disciplina, mediante el ejercicio del mando de los servidores públicos, en cuanto a la función pública que éstos desempeñan y respecto de las demás personas que se encuentran ante el Estado en una...

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