Providencia nº 11001010200020110326300 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 18 de Enero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 353495710

Providencia nº 11001010200020110326300 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 18 de Enero de 2012

Fecha de Resolución18 de Enero de 2012
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

RAMA JUDICIAL

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá, D.C., 18 de Enero de 2012

Magistrado P.D.J.A.O.G.

Radicación No. 110010102000201103263 00

Aprobado Según Acta No. 03 de la misma fecha

Conflicto de competencia entre la Jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Contencioso Administrativa

Decisión: Asigna a la Jurisdicción Contencioso Administrativa

ASUNTO A TRATAR

Procede la Sala a resolver el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre la Justicia Ordinaria, representada por el Juzgado Promiscuo Municipal de Sutamarchán y la Contencioso Administrativa, representada por el Juzgado Catorce Administrativo del Circuito de Tunja, por el conocimiento de la demanda ejecutiva singular adelantada, a través de apoderado judicial, por la FEDERACIÓN COLOMBIANA DE GANADEROS contra el MUNICIPIO DE SUTAMARCHÁN – BOYACÁ.

ANTECEDENTES

Informan las presentes diligencias que ante el Juez Promiscuo Municipal de Sutamarchán, por medio de apoderado Judicial, la Federación Colombiana de Ganaderos – FEDEGAN-, presentó demanda ejecutiva contra el Municipio de Sutamarchán, a efectos de que se libre mandamiento de pago por las sumas correspondientes a cuotas de fomento ganadero adeudadas por el mismo municipio así:

* $3.162.307, por el mes de julio de 2007 con vencimiento el 15 de agosto de la misma anualidad.

* $2.396.193, por el mes de agosto de 2007 con vencimiento el 14 de septiembre de ese mismo año.

*$10.040, por el mes de septiembre de 2007 con vencimiento el 12 de octubre de ese mismo año.

* $64.628, por el mes de diciembre de 2007 con vencimiento el 16 de enero de 2008.

Como fundamento de sus pretensiones expuso que el Municipio de Sutamarchán – Boyacá, a través de su Tesorería Municipal como recaudadora de las contribuciones parafiscales “Cuotas de Fomento Ganadero”, es deudora de la Administradora del Fondo Nacional del Ganado: FEDERACIÓN COLOMBIANA DE GANADEROS – FEDEGAN-, misma que emitió el pertinente certificado (título ejecutivo), con el lleno de los requisitos pertinentes, el cual contiene una obligación clara, expresa y exigible.

En principio la acción le correspondió por reparto al Juzgado Promiscuo Municipal de Sutamarchán, el cual mediante auto del 26 de octubre de 2011, declaró su falta de competencia, argumentando que en virtud de la Ley 1107 de 2006, la competencia del asunto le corresponde a la Jurisdicción Contencioso Administrativa, pues en ella se dispone que las controversias y litigios originados en la actividad de las entidades públicas son juzgadas por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, y como en el caso se trata de una demanda ejecutiva dirigida contra el MUNICIPIO DE SUTAMARCHÁN, debe darse aplicación al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR