Acuerdo nº PSAA11-7829 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 25 de Febrero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354794314

Acuerdo nº PSAA11-7829 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 25 de Febrero de 2011

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2011
EmisorSala Administrativa

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los artículos 63 de la Ley 270 de 1996, modificado por el Artículo 15 de la ley 1285 de 2009 y, de conformidad con lo aprobado en sesión de Sala Administrativa del 2 de febrero de 2011,

ACUERDA

TITULO I

CARGOS DE DESCONGESTIÓN

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 15 de marzo y hasta el 16 de diciembre de 2011, en cada uno de los Juzgados Tercero y Sexto Civiles Municipales de Valledupar, dos cargos de Sustanciador Municipal Nominado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Cada uno de los cargos de Sustanciador creados mediante el Artículo Primero del presente Acuerdo, proyectará mensualmente un mínimo de 20 sentencias sin oposición, 5 sentencias con oposición, 15 autos interlocutorios. No tramitarán tutelas ni habeas corpus.

ARTÍCULO TERCERO.- El incumplimiento injustificado de este estándar de rendimiento, previo seguimiento estadístico por parte de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico, acarreará la redefinición de la correspondiente medida adoptada.

ARTÍCULO CUARTO.- La Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar, según las necesidades del servicio, previo análisis de las cargas laborales y sin que para ello medie Acuerdo, podrá rotar los cargos de descongestión creados por el presente Acuerdo.

De las rotaciones y modificaciones que disponga la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura, se dará informe a la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico dentro de los cinco días siguiente a la novedad.

TITULO II DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO QUINTO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo Primero del presente Acuerdo, el nombramiento de los cargos de descongestión se efectuará una vez la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Valledupar certifique la disponibilidad de espacios físicos y de infraestructura tecnológica.

ARTÍCULO SEXTO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos creados por el presente Acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO OCTAVO.-. Cada uno de los Jueces Titulares de los despachos objeto de descongestión reportará la gestión judicial de los cargos...

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