Acuerdo nº PSAA11-7987 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 10 de Marzo de 2011
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2011 |
Emisor | Sala Administrativa |
"Por el cual se adoptan unas medidas de descongestión para Juzgados Penales Municipales de Barrancabermeja, Circuito Judicial de Barrancabermeja, Distrito Judicial de B.."
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el Artículo 63 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en la Sesión de Sala Administrativa de 2 de febrero de 2011,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 15 de marzo y hasta el 16 de diciembre de 2011, un (1) cargo de Juez nominado y un (1) cargo de Sustanciador nominado adjuntos, para cada uno de los Juzgados 1º y 2º Penales Municipales de Barrancabermeja.
ARTÍCULO SEGUNDO.- De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997, cada uno de los Jueces adjuntos creados en el Artículo Primero del presente Acuerdo, se les asignará para su identificación los códigos: 680814004501 y 680814004502.
ARTÍCULO TERCERO.- Cada uno de los Jueces adjuntos creados en el presente Acuerdo, fallará como mínimo 20 procesos mensuales y tramitará como mínimo 25 procesos mensuales del Juzgado al cual fue asignado, iniciados bajo el procedimiento de la Ley 600 de 2000. No tramitará acciones constitucionales.
El incumplimiento de las metas fijadas por parte de los cargos de descongestión, así como la disminución de los egresos respecto del año anterior del respectivo Juez Titular, acarrearán la redefinición o terminación de la medida.
ARTÍCULO CUARTO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo Primero del presente Acuerdo, el nombramiento de los cargos de descongestión se efectuará una vez la Dirección Seccional de Administración Judicial de B. certifique la disponibilidad de espacios físicos y de infraestructura tecnológica.
ARTÍCULO QUINTO.- Cada uno de los Jueces objeto de descongestión, elaborará mensualmente un acta con la relación de los procesos asignados al Juez de Descongestión.
ARTÍCULO SEXTO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos creados por el presente Acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador, así: 1. Cada uno de los Jueces adjuntos los designará el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.
-
Cada uno de los Sustanciadores adjuntos, el respectivo J. adjunto ARTÍCULO SÉPTIMO.- El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.
ARTÍCULO OCTAVO.- Los cargos creados cumplirán los horarios establecidos para la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba