Acuerdo nº PSAA11-8726 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 12 de Octubre de 2011
Fecha de Resolución | 12 de Octubre de 2011 |
Emisor | Sala Administrativa |
LA SALA ADMINISTRATIVA
DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, modificado por el Artículo 15 de la Ley 1285 de 2009, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Sala Administrativa del día 5 de octubre de 2011,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 12 de octubre y hasta el 16 de diciembre de 2011 en el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá los siguientes cargos: Dos (2) cargos de Asistente Social grado 18. Cuatro (4) cargos de Citador Grado 3.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombramiento de los cargos de descongestión, únicamente procederá hasta que el Director Seccional de Administración Judicial de Bogotá - Cundinamarca, certifique al nominador la disponibilidad de espacios físicos, el mobiliario y la infraestructura tecnológica necesaria para poner en funcionamiento estas medidas de descongestión.
ARTÍCULO TERCERO.- El nombramiento en provisionalidad de los cargos creados por el presente Acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador. Para tal efecto atenderá los criterios fijados por la Corte Constitucional en el fallo C-713 del 15 de julio del año 2008 cuando haya lugar.
ARTÍCULO CUARTO.- El régimen salarial y prestaciones de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.
ARTÍCULO QUINTO.- El juez coordinador del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá reportará la gestión judicial del mes inmediatamente anterior de los cargos de descongestión, al Sistema de Información Estadístico de la Rama Judicial -SIERJU- en el formato de gestión de cargos habilitado para tal efecto, dentro de los primeros cinco días de cada mes y se regirán por el Acuerdo 2915 de 2005, exceptuando la periodicidad.
PARÁGRAFO: El incumplimiento en el reporte mensual de la gestión podrá acarrear la terminación de la medida.
ARTÍCULO SEXTO.- La Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura del Bogotá realizará el seguimiento de la presente...
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