Acuerdo nº PSAA11-8390 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 29 de Julio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 354797082

Acuerdo nº PSAA11-8390 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 29 de Julio de 2011

Fecha de Resolución29 de Julio de 2011
EmisorSala Administrativa

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, modificado por el artículo 15 de la Ley 1285 de 2009 y, de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 15 de junio de 2011,

ACUERDA

TITULO I JUZGADOS DE DESCONGESTIÓN

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 2 de agosto y hasta el 16 de diciembre de 2011, dos (2) Juzgados Administrativos de descongestión, adicionales a los seis (6) juzgados administrativos de descongestión vigentes. Cada juzgado de descongestión estará conformado por: Un (1) Juez de Circuito nominado Un (1) Secretario de Circuito nominado Un (1) Profesional Universitario Grado 16 Dos (2) Sustanciadores nominados Un (1) Citador nominado ARTÍCULO SEGUNDO.- Los Jueces creados en el artículo primero del presente Acuerdo tendrán los siguientes códigos de identificación, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 201 de 1997:

JUZGADO ADMINISTRATIVO CÓDIGO JUEZ DE DESCONGESTIÓN

Séptimo Administrativo de descongestión de Manizales 170013331707 Octavo Administrativo de descongestión de Manizales 170013331708 ARTÍCULO TERCERO.- Los Juzgados administrativos de descongestión creados mediante el presente acuerdo, tendrán a su cargo los procesos que les sean distribuidos en estado de fallo y en trámite provenientes de los Juzgados permanentes y los procesos que reciban por reparto.

PARÁGRAFO PRIMERO. La redistribución de procesos para fallo y trámite no incluirá acciones de tutela, ni de H.C.. La redistribución de procesos para fallo y trámite podrá incluir acciones populares, de grupo y de cumplimiento, según las necesidades de descongestión del circuito.

PARÁGRAFO SEGUNDO.- Los juzgados de descongestión creados en el presente Acuerdo participarán con los demás juzgados permanentes y de descongestión en el reparto de las acciones constitucionales, de H.C. y de procesos ordinarios que ingresen durante la vigencia de la medida.

PARÁGRAFO TERCERO.- Los dos jueces de descongestión creados en el presente Acuerdo recibirán reparto de procesos hasta el 30 de noviembre de 2011. La Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas podrá ajustar este término de conformidad con las necesidades del servicio, teniendo en cuenta el comportamiento de la demanda, la carga y capacidad de evacuación de los despachos en descongestión.

ARTÍCULO CUARTO.- La...

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