Acuerdo nº PSAA10-6549 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 19 de Febrero de 2010
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2010 |
Emisor | Sala Administrativa |
ACUERDO No. PSAA10-6549 DE 2010
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 17 de febrero de 2010,
ACUERDA
TITULO I
CARGOS DE DESCONGESTIÓN
ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de septiembre de 2010, en cada uno de los Juzgados Administrativos de Popayán, los siguientes cargos:
Un (1) sustanciador nominado
Un (1) escribiente nominado
ARTÍCULO SEGUNDO.- Cada uno de los cargos de sustanciador y escribiente creados mediante el presente Acuerdo impulsará un número no inferior a 80 procesos mensuales.
TÍTULO II
DIRECCIÓN EJECUTIVA SECCIONAL DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE POPAYÁN
ARTÍCULO TERCERO.- Crear transitoriamente, a partir del 1 de marzo y hasta el 30 de septiembre de 2010, en la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Popayán, un Grupo de Apoyo para los Juzgados Administrativos de Popayán conformado con los siguientes cargos:
Un (1) contador grado 17
Dos (2) asistentes administrativos grado 5
PARÁGRAFO PRIMERO: El cargo de contador creado en el presente artículo, adelantará el manejo contable y operativo de los gastos procesales y las liquidaciones requeridas en los procesos judiciales de los Juzgados Administrativos de Popayán, en coordinación con los secretarios de estos despachos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los cargos de asistente administrativo grado 5 creados por el presente artículo, brindarán el apoyo a los Juzgados Administrativos de Popayán en la consulta, organización de expedientes e incorporación de correspondencia a los procesos.
TITULO III
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO CUARTO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos primero y tercero del presente Acuerdo, el nombramiento de los cargos de descongestión se efectuará una vez la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Popayán certifique la disponibilidad de espacios físicos y de infraestructura tecnológica.
ARTÍCULO QUINTO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos creados por el presente Acuerdo, se efectuará por el respectivo nominador.
ARTÍCULO SEXTO.- El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- El reporte de la gestión de los cargos de descongestión, nombrados por el juez titular, será...
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