Acuerdo nº PSAA10-6864 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 25 de Marzo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 356043818

Acuerdo nº PSAA10-6864 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 25 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2010
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA10-6864 DE 2010

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en el numeral 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo aprobado por la Sala Administrativa en la sesión de marzo 25 de 2010,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente a partir del 5 de abril y hasta el 30 de septiembre de 2010, en el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, los siguientes cargos:

|No. |Cargo |Grado |Perfil |

| | | |Profesional en Administración de Empresas o |

|1 |Profesional Universitario |20 |Ingeniería Industrial |

|1 |Profesional Universitario |16 |Profesional en Derecho |

|1 |Profesional Universitario |11 |Profesional en Archivística o bibliotecología|

| |Técnico - Adscrito a la Dirección Ejecutiva | |Técnico en Sistemas, T. en Sistemas o |

|1 |Seccional de Administración Judicial |11 |Ingeniero de Sistemas |

| |Bogotá-Cundinamarca | | |

|3 |Oficiales Mayores de Circuito |Nominado | |

|1 |Escribiente de Circuito |Nominado | |

|11 |Asistentes Administrativos |5 | |

ARTÍCULO SEGUNDO.- NOMBRAMIENTOS: El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos creados por el Artículo Primero del presente Acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo No. 6400 de diciembre 30 de 2009.

ARTÍCULO TERCERO.- RÉGIMEN SALARIAL: El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial

ARTÍCULO CUARTO.- INFORMES: El Profesional Universitario grado 20 reportará la gestión judicial de los cargos de descongestión, del mes inmediatamente anterior, al Sistema de Información Estadístico de la Rama Judicial –SIERJU-, dentro de los primeros cinco días de cada mes y se regirán por el Acuerdo No. 2915 de 2005, exceptuando la periodicidad.

ARTÍCULO QUINTO.- SEGUIMIENTO: La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, con la inmediata colaboración de la...

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