Acuerdo nº PSAA10-6797 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 8 de Marzo de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 356044174

Acuerdo nº PSAA10-6797 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 8 de Marzo de 2010

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2010
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA10-6797 DE 2010

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el artículo 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 17 de febrero de 2010,

ACUERDA

TITULO I

CARGOS DE DESCONGESTIÓN

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 15 de marzo y hasta el 15 de octubre de 2010, en cada uno de los Juzgados Promiscuos Municipales de Lorica, Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Cereté, Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Montelíbano, Juzgado Promiscuo Municipal de San Andrés de Sotavento y el Juzgado Promiscuo Municipal de Tierra Alta, un (1) cargo de Sustanciador Municipal Nominado.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El cargo de descongestión creado deberá apoyar al Juzgado respectivo en el trámite de un número no inferior a 50 procesos mensuales.

El incumplimiento de las metas fijadas para el cargo de descongestión o la disminución, respecto al año anterior, de los egresos del juez titular beneficiario de la medida, acarrearán la redefinición o terminación de la medida.

TITULO II

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO TERCERO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo Primero del presente Acuerdo, el nombramiento de los cargos de descongestión se efectuará una vez la Dirección Seccional de Administración Judicial de Montería certifique la disponibilidad de espacios físicos y de infraestructura tecnológica.

ARTÍCULO CUARTO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos creados por el presente Acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador

ARTÍCULO QUINTO.- El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO SEXTO.- El Juez Titular de cada despacho objeto de descongestión reportará la gestión judicial del mes inmediatamente anterior, de los cargos de descongestión, en el formato anexo al Sistema de Información Estadístico de la Rama Judicial –SIERJU-, dentro de los primeros cinco días de cada mes y se regirán por el Acuerdo 2915 de 2005, exceptuando la periodicidad.

PARÁGRAFO: El incumplimiento en el reporte mensual de la gestión del cargo creado podrá acarrear la terminación de la...

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