Acuerdo nº 1208 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Mayo de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 356091734

Acuerdo nº 1208 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Mayo de 2001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2001
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. 1208 DE 2001

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las señaladas en artículo 63 de la Ley 270 de 1996

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear, a partir del 15 de junio y hasta el 14 de diciembre de 2001, en cada uno de los juzgados penales de circuito especializado de Bogotá, Distrito Judicial de Bogotá, un (1) cargo de Oficial Mayor nominado.

PARÁGRAFO.- Los oficiales mayores que ocupen los cargos creados en este artículo desempeñaran las funciones señaladas en la ley, especialmente las del Decreto 052 de 1987, y las que le adscriban los jueces penales de circuito especializado de Bogotá.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Crear, a partir del 15 de junio y hasta el 14 de diciembre de 2001, en el Centro de Servicios Administrativos de los juzgados penales de circuito especializado de Bogotá, los siguientes cargos:

Tres (3) cargos de Escribiente nominado

Un (1) cargo de Citador grado 3

ARTÍCULO TERCERO.- La elección, en provisionalidad, de los empleados del Centro de Servicios Administrativos de los juzgados penales de circuito especializado se realizará de conformidad con lo establecido en el Acuerdo No. 781 de 2000.

ARTÍCULO CUARTO.- El mecanismo de descongestión regulado por este Acuerdo tiene vigencia hasta el 14 de diciembre del año dos mil uno (2001) sin perjuicio de su prórroga o de la redefinición de las medidas por parte de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, en virtud de sus resultados.

ARTÍCULO QUINTO.- Mensualmente, la Presidencia de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura...

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