Auto nº 800-8157, Superintendencia de Sociedades, 09-06-2015. (María Victoria Solarte Daza contra CSS Constructores S.A. y otros. ) - Jurisprudencia - VLEX 799277569

Auto nº 800-8157, Superintendencia de Sociedades, 09-06-2015. (María Victoria Solarte Daza contra CSS Constructores S.A. y otros. )

JurisdicciónColombia
PartesMaría Victoria Solarte Daza contra CSS Constructores S.A. y otros.
Fecha09 Junio 2015
EmisorSuperintendencia de Sociedades (Colombia)
BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No. 51-80, PBX: 3 245 777 - 2 201 000 , LINEA GRATUITA 018000114319, Cen tro d e Fax
220 100 0 OP CIÓ N 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10 TEL: 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL:
942-3506000/3506001/2/3, MANIZALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL: 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE
OCCIDENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32-39 PISO 2 TEL: 956-646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21-
14 TEL: 975-716190/717985, BUCARAMANGA: NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2.1 TORRE
3 OFC 352 TEL: 976-321541/44. SAN ANDRES AVDA COLON No 2-25 EDIFICIO BREAD FRUIT OFC 203-204 TEL: 098-5121720.
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AUTO
Superintendencia de Sociedades Bogotá, D.C.
En sus escritos cite siempre el siguiente número: 2015-800-104
Partes
M.V.S.D.
contra
CSS Constructores S.A., C.A..S.S., L.F.S.
.
M.rcillo, C.A.S.E., C..B.S.E. y
P.F.S.E...
.
.
.
A.
.
Trámite
Proceso verbal sumario
Número del proceso
2015-800-104
I. ANTECEDENTES
1. El 29 de mayo de 2015, la señora M.V.S.D. presentó ante
este Despacho una demanda.
2. En el escrito presentado, la demandante solicitó el decreto de medidas
cautelares.
II. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Este Despacho se ha pronunciado en múltiples oportunidades acerca de los
presupuestos que deben acreditarse para establecer la procedencia de medidas
cautelares en procesos societarios.
1
Tales presupuestos han sido derivados de lo
previsto en el artículo 590 del Código General del Proceso, así como de la
aplicación de esta norma en los diversos casos sometidos a consideración de esta
D.. Es así como, para decretar medidas cautelares de la naturaleza
solicitada, debe efectuarse un cuidadoso análisis de los elementos de juicio
disponibles, a fin de analizar las probabilidades de éxito de la demanda y evaluar
el interés económico de la demandante, según se expresa a continuación.
1. Las probabilidades de éxito de las pretensiones formuladas en la
demanda
El primero de los presupuestos mencionados consiste en un examen
preliminar de los diferentes elementos de juicio disponibles, para efectos de
determinar, con alguna precisión, las probabilidades de éxito de las pretensiones
1
Cfr. Autos No. 801-2289 del 20 febrero 2013 y No. 800-16014 del 19 noviembre 2012. Las
providencias mencionadas pueden consultarse en la sección de jurisprudencia de la página de la
Superintendencia de Sociedades, disponible en. la siguiente dirección:
http://www.supersociedades.gov.co/procedimientos-mercantiles/normatividad/Paginas/default.aspx.

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