Sentencia nº 54001310500420070009101 de Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta, Sala Laboral, 25 de Junio de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 380884718

Sentencia nº 54001310500420070009101 de Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta, Sala Laboral, 25 de Junio de 2010

Número de sentencia54001310500420070009101
Fecha25 Junio 2010
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cúcuta de Colombia)

[VER SENTENCIA COMPLETA EN DOCUMENTO ADJUNTO]

PRESCRIPCION/ Indemnización Sustitutiva Esta Corporación considera que al ser la indemnización sustitutiva un reconocimiento que ha consagrado el legislador en subsidio de la pensión de vejez cuando se cumplen los requisitos por él previstos, puede predicarse de aquella la imprescriptibilidad con el alcance dado por la Corte Constitucional en la providencia parcialmente transcrita pero también advirtiendo, como lo hizo la Sala de Casación Laboral, que una vez reconocido el derecho a la indemnización reseñada y al hacerse por ende exigible es viable predicar y aplicar la prescripción como modo de extinción del derecho y correlativamente de la obligación, en este caso, a cargo de la entidad demandada lo que conlleva lógicamente la prescripción de la acción que respalda tal derecho.

La Sala considera que el análisis que ha planteado consulta la naturaleza de la indemnización que pretende el accionante que por ser sucedánea del derecho a la pensión participa de éste en cuanto a su imprescriptibilidad la que no se da respecto de las mesadas que se hayan causado pues frente a ellas sí opera la prescripción, debiendo ocurre lo mismo con el derecho a reclamar el valor de la citada indemnización; es que no se ajustaría a derecho que quien aportó o en cuyo nombre se aportó para una eventual pensión de vejez al no poderla...

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