Sentencia nº 2019-01-299090, Superintendencia de Sociedades, 08-08-2019. (SFORZA EMPRENDIMIENTOS S A S en contra de PROYECTO CALLE 100 SAS EN LIQUIDACION) - Jurisprudencia - VLEX 841342552

Sentencia nº 2019-01-299090, Superintendencia de Sociedades, 08-08-2019. (SFORZA EMPRENDIMIENTOS S A S en contra de PROYECTO CALLE 100 SAS EN LIQUIDACION)

JurisdicciónColombia
PartesSFORZA EMPRENDIMIENTOS S A S en contra de PROYECTO CALLE 100 SAS EN LIQUIDACION
Fecha08 Agosto 2019
EmisorSuperintendencia de Sociedades (Colombia)
SENTENCIA
Superintendencia de Sociedades Bogotá, D.C.
En sus escritos cite siempre el siguiente número: 2017-800-00317
Partes
S.E. S.A.S.
contra
Proyecto Calle 100 S.A.S. hoy liquidada y otros.
Trámite
Proceso verbal
Número del proceso
2017-800-00317
I. ANTECEDENTES
El proceso iniciado por S.E..S. en contra de la extinta
Proyecto Calle 100 S.A.S. y otros, surtió el curso descrito a continuación:
1. El 27 de octubre de 2017, se admitió la demanda.
2. El 22 de mayo de 2018, se cumplió el trámite de notificación personal.
3. El 21 de mayo de 2019, se celebró la audiencia judicial convocada por el
D.acho.
4. El 25 de junio de 2019, se agotó la práctica de las pruebas decretadas por el
D.acho.
5. El 6 de agosto de 2019, las partes presentaron sus alegatos de conclusión.
Al haberse verificado el cumplimiento de las distintas etapas procesales, conforme
con lo previsto en el Código General del Proceso, el D.acho se dispone a
proferir sentencia.
II. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
La demanda presentada ante el D.acho busca, principalmente, que se declare
que un bloque de accionistas de Proyecto Calle 100 S.A.S. ejerció abusivamente
su derecho de voto durante la reunión extraordinaria de la asamblea de
accionistas celebrada el 29 de noviembre de 2016 que consta en el acta n.° 8,
donde dichos accionistas aprobaron una emisión de acciones en reserva junto con
su reglamento de emisión y colocación respectiva, y por tanto, que se declare la
nulidad absoluta de las citadas decisiones. Para el efecto, la demandante ha
puesto de presente que los accionistas que aprobaron las decisiones
controvertidas ejercieron su derecho al voto en forma abusiva toda vez que las
determinaciones sociales cuestionadas tenían fines ilegítimos a la luz del artículo
43 de la Ley 1258 de 2008. A juicio del demandante, dichas determinaciones
contenidas en el acta n.° 8 de la reunión de asamblea general de accionistas de
No. DE PROCESO 2017-800-00317
Número de Radicado: 2019-01-299090
Fecha: 2019/08/08
Hora: 12:51:23
Folios: 11
Anexos: NO

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