Sentencia nº 800-1, Superintendencia de Sociedades, 11-01-2017. (Arintel S.A. contra Instituto Nacional de Oftalmología (INO Colombia) S.A.) - Jurisprudencia - VLEX 799276949

Sentencia nº 800-1, Superintendencia de Sociedades, 11-01-2017. (Arintel S.A. contra Instituto Nacional de Oftalmología (INO Colombia) S.A.)

JurisdicciónColombia
PartesArintel S.A. contra Instituto Nacional de Oftalmología (INO Colombia) S.A.
Fecha11 Enero 2017
EmisorSuperintendencia de Sociedades (Colombia)
En la Sup erin ten denc ia d e So cie dade s tr abaj amos co n
in teg rida d po r un Paí s s in c orru pci ón.
En ti da d No . 1 en e l Ín di c e de T ra ns pa re nc ia d e l as E nt id ad es P ú bl ic as , IT EP .
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SENTENCIA
Superintendencia de Sociedades Bogotá, D.C.
Partes
A.S.
contra
Instituto Nacional de Oftalmología (INO Colombia) S.A.
Asunto
Trámite
Proceso verbal
[]
I. ANTECEDENTES
El proceso iniciado por A. S.A. en contra del Instituto Nacional de
Oftalmología (INO Colombia) S.A. surtió el curso descrito a continuación:
1. El 9 de junio de 2016 se admitió la demanda.
2. El 15 de junio de 2016 se cumplió el trámite de notificación.
3. El de noviembre de 2016 se celebró la audiencia judicial convocada por
el Despacho.
4. El 11 de enero de 2017 las partes presentaron sus alegatos de conclusión.
5. Al haberse verificado el cumplimiento de las distintas etapas procesales,
conforme con lo previsto en el Código General del Proceso, el Despacho se
dispone a proferir sentencia.
II. PRETENSIONES
La demanda presentada por A. S.A. contiene las pretensiones que se
exponen a continuación:
1. Declarar la nulidad absoluta del negocio jurídico [celebrado el 16 de
febrero de 2013 entre A. S.A. e INO Colombia S.A.] por contravenir
normas imperativas de carácter societario aplicables, en relación con la
emisión de acciones, el reglamento de emisión y colocación previo y el
agotamiento previo del derecho de preferencia (C. de C., Art. 899), entre
otras que resulten probadas dentro del proceso.
2. Declarar la nulidad absoluta del negocio jurídico [celebrado el 26 de
noviembre de 2013 entre A.S. e INO Colombia S.A.] por contravenir
normas imperativas de carácter societario aplicables, en relación con la
emisión de acciones, el reglamento de emisión y colocación previo y el
agotamiento previo del derecho de preferencia (C. de C., Art. 899), entre
otras que resulten probadas dentro del proceso.

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