Sentencia nº 800-31, Superintendencia de Sociedades, 25-04-2017. (Interbolsa S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa en Liquidación Forzosa Administrativa contra Alessandro Corridori y otros) - Jurisprudencia - VLEX 799277445

Sentencia nº 800-31, Superintendencia de Sociedades, 25-04-2017. (Interbolsa S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa en Liquidación Forzosa Administrativa contra Alessandro Corridori y otros)

JurisdicciónColombia
PartesInterbolsa S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa en Liquidación Forzosa Administrativa contra Alessandro Corridori y otros
Fecha25 Abril 2017
EmisorSuperintendencia de Sociedades (Colombia)
En la Sup erin ten denc ia d e So cie dade s tr abaj amos co n
in teg rida d po r u n P. s s in c orru pci ón.
En ti da d No . 1 en e l Ín di c e de T ra ns pa re nc ia d e l as E nt id ad es P ú bl ic as , IT EP .
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SENTENCIA
Superintendencia de Sociedades Bogotá, D.C.
Partes
Interbolsa S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa en Liquidación Forzosa
Administrativa
contra
A.C., J.J.H.M., C.V.C.J.,
E..Y..M., P..A..C..S., M.
.
J.F.P. y C.P.C.
.
.
.
A.
.
A. 82 de la Ley 1116 de 2006
Trámite
Proceso verbal
[]
I. ANTECEDENTES
El proceso iniciado por Interbolsa S.A. Sociedad Comisionista De Bolsa En
Liquidación Forzosa Administrativa en contra de A..C., J.J.
.
H.M.arín, C.V..C..J., E..Y..M.,
P.A.C..S., M.J.F...P. y
C.P.C. surtió el curso descrito a continuación:
1. El 24 de febrero de 2015 se admitió la demanda.
2. El 28 de octubre de 2015 se cumplió el trámite de notificación.
3. El 3 de diciembre de 2015 se celebró la audiencia judicial convocada por el
D.ho.
4. El 27 de septiembre de 2016 las partes presentaron sus alegatos de
conclusión.
5. Al haberse verificado el cumplimiento de las distintas etapas procesales,
conforme con lo previsto en el Código de P.iento Civil, el D.ho
se dispone a proferir sentencia.
Il. PRETENSIONES
La demanda presentada por Interbolsa S.A. Sociedad Comisionista de
Bolsa en Liquidación Forzosa Administrativa contiene las pretensiones que se
presentan a continuación:
1. Que se declare que la sociedad Invertácticas S.A.S. en liquidación judicial,
identificada con NIT 900.133.225-6, fue utilizada por los demandados como
un vehículo societario cuya finalidad fue alterar el precio de acciones
cotizadas en bolsa de valores.
2. Que como consecuencia del anterior pronunciamiento y habida cuenta de
que las maniobras contables, financieras y legales necesarias para
manipular el valor de cotización de las acciones cotizadas en la bolsa de

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