Sentencia nº 801-38, Superintendencia de Sociedades, 17-06-2014. (Constanza Liliana Higuera Escalante y María Patricia Higuera de Tarazona contra Carlos Higuera Rueda e Hijos & Cía. (Montebello) Ltda. en liquidación)
Jurisdicción | Colombia |
Partes | Constanza Liliana Higuera Escalante y María Patricia Higuera de Tarazona contra Carlos Higuera Rueda e Hijos & Cía. (Montebello) Ltda. en liquidación |
Fecha | 17 Junio 2014 |
Emisor | Superintendencia de Sociedades (Colombia) |
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SENTENCIA
Superintendencia de Sociedades Bogotá, D.C.
Partes
Constanza L.H.E. y M.P.H. de T.
contra
C.H.R. e Hijos & Cía. Ltda. M.L., en liquidación.
Asunto
Trámite
Proceso verbal sumario
Número del proceso
2013-801-044
Duración del proceso: 221 días
1
I. ANTECEDENTES
El proceso iniciado por C..L.a Higuera Escalante y María
P..H. de T. en contra de la Sociedad Carlos Higuera Rueda e
Hijos & Cía. Ltda. M.L., en liquidación, surtió el curso descrito a
continuación:
1. El 17 de mayo de 2013, mediante Auto No. 801-009003, este Despacho
admitió la demanda presentada por C.L..H..E. y
M.P.H. de T..
2. El 24 de mayo de 2013, se le envió el citatorio de notificación a la sociedad
C.H.R. e Hijos & Cía. Ltda. M.L., en liquidación.
3. El 20 de junio de 2013, se notificó por aviso a la sociedad demandada.
4. La compañía demandada no contestó la demanda.
5. El 17 de julio de 2013, el Despacho realizó la audiencia judicial citada
mediante Auto No. 801-012134 del 8 de julio de 2013. Durante esta
audiencia se cumplieron las diferentes etapas procesales, hasta el decreto
de pruebas.
6. Una vez agotada la práctica de las pruebas decretadas por el Despacho,
mediante Auto No. 801-020429 del 5 de diciembre de 2013 se citó a las
partes para que presentaran sus alegatos de conclusión el 16 de diciembre
de 2013. Sólo la apoderada de la parte demandante formuló sus alegatos
en debida forma.
1
Este término se cuenta, en días hábiles, desde la notificación del auto admisorio de la demanda
hasta la fecha en que se emitió la sentencia de primera instancia, según el método de cómputo
proceso se suspendió en entre el 2 de septiembre y el 2 de octubre, tal como consta en el Acta No.
801-001875 del 17 de septiembre de 2013 –folio 642 reverso.
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