Sentencia de Tutela - T – 032 - 2020 Nº 76-111-22-13-005-2020-00029-00 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 16-04-2020 - Jurisprudencia - VLEX 844470996

Sentencia de Tutela - T – 032 - 2020 Nº 76-111-22-13-005-2020-00029-00 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 16-04-2020

Sentido del falloNIEGA
Número de registro81507311
Fecha16 Abril 2020
Número de expediente76-111-22-13-005-2020-00029-00
MateriaACCIÓN DE TUTELA CONTRA LA PROVIDENCIA QUE RESUELVE EL DESACATO - / ACCIÓN DE TUTELA CONTRA LA PROVIDENCIA QUE RESUELVE EL DESACATO - /
EmisorSala Civil – Familia (Tribunal Superior de Buga de Colombia)

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Sala Quinta de Decisión Civil Familia Providencia: Sentencia de Tutela - T 032 - 2020

Proceso: Acción de Tutela – Primera Instancia

Accionante: Blanca V.H.P.

Accionado: Juzgado Primero Civil del Circuito de Tuluá

Radicado: 76-111-22-13-005-2020-00029-00

Asunto: Defecto fáctico. No se configura sino cuando el juzgador

se aparta manifiestamente de las pruebas obrantes en el

proceso.

MAGISTRADA PONENTE: DRA. BÁRBARA LILIANA TALERO ORTIZ

Guadalajara de Buga, abril dieciséis (16) de dos mil veinte (2020)

(Proyecto discutido y aprobado en Sala de Decisión Virtual de la fecha- vía correo

electrónico ante la contingencia del Covid 19 - Acta No. 22)

1. OBJETO DE LA DECISIÓN:

P. sentencia de primera instancia dentro de la acción de tutela incoada por

la señora B.V.H.P., en contra del JUZGADO

PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE TULUÁ con el fin que sea protegido su

derecho fundamental al debido proceso, que aparentemente le fue vulnerado al

configurarse una vía de hecho con la decisión adoptada dentro del incidente de

desacato en el que funge como parte actora.

2. ANTECEDENTES:

2.1. Invocando la protección a sus derechos fundamentales, solicitó la parte

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accionante que se deje sin efecto la decisión del juzgado accionado, consistente

en archivar el incidente de desacato que había promovido, por incumplimiento a

la sentencia de tutela que esa misma dependencia judicial emitió el 23 de octubre

de 2019.

2.2. En sustento de sus súplicas, manifestó la accionante, que mediante el

aludido fallo constitucional, el despacho judicial encarado ordenó al JUZGADO

SEXTO CIVIL MUNICIPAL DE TULUÁ, "realizar nuevamente la inscripción en el

Registro Nacional de Procesos de Pertenencia, con observancia de los datos reales del

proceso 2016-00264-00, sobre todo con los datos correctos de las partes demandante y

demandados…"; que ante el incumplimiento de dicha orden, concretado en

haberse emplazado a personas adicionales producto de una vinculación

innecesaria, formuló incidente de desacato, no obstante con auto del 24 enero de

2020, se tuvo por obedecida la tutela en comento.

2.3. La acción tutelar correspondió por reparto a ésta Sala de Decisión y fue

admitida por auto de fecha 16 de marzo de 2020, disponiéndose la notificación

del extremo pasivo y la vinculación de los interesados. Debido a la contingencia

generada por el virus covid-19 y las medidas de prevención adoptadas por el

Gobierno Nacional y el Consejo Superior de la Judicatura, entre las cuales se

encontraba la restricción del acceso a las instalaciones judiciales, el expediente

fue pasado a Despacho el día 3 de abril de 2020.

2.3.1. Notificados por correo electrónico los despachos judiciales accionados,

manifestaron al unísono que su actuación no resultó configurativa de vías de

hecho.

2.3.2. Los vinculados LUZ MARINA, DULFARY, P. y JANNIER ANTONIO

HERRERA, fueron notificados a través de correo certificado y a través de abogado

deprecaron la negativa de la tutela, arguyendo que a la accionante le han

respetado sus garantías constitucionales al interior del proceso de pertenencia

objeto de reparo.

2.3.3. Los vinculados DORA, AIRES, LUCIRIS, ELIO, JOSE y WILSON ESPINAL,

así como las personas indeterminadas, fueron notificados a través de edicto

emplazatorio que se publicó en la página oficial de la Rama Judicial, ante la

dificultad de acudir a otros medios de difusión, dadas las limitaciones a la

movilidad adoptadas por el Gobierno Nacional, ante la...

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