Acuerdo nº PSAA10-6595 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 19 de Febrero de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 356043094

Acuerdo nº PSAA10-6595 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 19 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución19 de Febrero de 2010
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA10-6595 DE 2010

“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los artículos 63 de la Ley 270 de 1996, y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 17 de febrero de 2010,

ACUERDA

TITULO I

CARGOS DE DESCONGESTIÓN

ARTÍCULO PRIMERO.- Crear transitoriamente, a partir del 1° de marzo y hasta el 30 de septiembre de 2010, un (1) cargo de Auxiliar Judicial 1 en cada uno de los cuatro Despachos de Magistrado de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los cargos de Auxiliar Judicial 1 de descongestión creados deben proyectar el fallo de 10 procesos entre Ordinarios y Especiales de Impugnación de Estado, 10 Autos entre Ordinarios y Especiales de Impugnación de Estado y 10 Consultas entre Ordinarios y Especiales.

ARTÍCULO TERCERO.- El incumplimiento injustificado de este estándar de rendimiento, previo seguimiento estadístico por parte de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico, acarreará la redefinición de la medida adoptada.

TÍTULO II

SECRETARÍA

ARTÍCULO CUARTO.- Crear transitoriamente, a partir del 1° de marzo y hasta el 30 de septiembre de 2010, un (1) cargo de Escribiente en la Secretaría de la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali.

TÍTULO III

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO QUINTO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo Primero y Cuarto del presente Acuerdo, el nombramiento de los cargos de descongestión se efectuará una vez la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Cali certifique la disponibilidad de espacios físicos y de infraestructura tecnológica.

ARTÍCULO SEXTO.- El nombramiento, en provisionalidad, de los cargos creados por el presente acuerdo, lo efectuará el respectivo nominador.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- El régimen salarial y prestacional de los cargos creados será el establecido para la Rama Judicial.

ARTÍCULO OCTAVO.- El Magistrado Titular del Despacho objeto de descongestión y la Secretaría de la Sala de Familia, reportarán la gestión judicial de cada cargo, del mes inmediatamente anterior, al Sistema de Información Estadístico de la Rama Judicial...

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