Acuerdo nº PSAA06-3498 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Junio de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 356053222

Acuerdo nº PSAA06-3498 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Administrativa de 30 de Junio de 2006

Fecha de Resolución30 de Junio de 2006
EmisorSala Administrativa

ACUERDO No. PSAA06-3498 DE 2006“”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En uso de sus facultades Constitucionales, en especial las contenidas en el artículo 98 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con la delegación efectuada mediante Acuerdo No. 3472 de 2006,

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto No. 4731 del 28 de diciembre de 2005, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2006, se detallan las apropiaciones, y se clasifican y definen los gastos.

Que el artículo 29 del Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005 modificatorio del Decreto 568 de 1996 y, reglamentario del Estatuto Orgánico del Presupuesto, que fue compilado en el decreto 111 de 1996, permite efectuar modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de las apropiaciones de funcionamiento, mediante Resolución expedida por el J. del órgano respectivo.

Que el inciso quinto de los artículos 19 de la Ley 998 del 29 de noviembre de 2005 y 19 del Decreto No. 4731 del 28 de diciembre de 2005, permite efectuar a nivel del decreto de liquidación asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 270 de 1996, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial es el órgano técnico y administrativo que tiene a su cargo la ejecución de las actividades administrativas de la Rama Judicial, con sujeción a las políticas y decisiones de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.

Que en el numeral 2º del artículo 99 de la Ley 270 de 1996, se determina como una función del Director Ejecutivo de Administración Judicial la de “administrar los bienes y recursos destinados para el funcionamiento de la Rama Judicial y responder por su correcta aplicación o utilización”

Que conforme a las instrucciones actuales sobre la administración de los recursos del presupuesto asignado a la Rama Judicial, el Director Ejecutivo de Administración Judicial presenta a consideración de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, la propuesta de autorizar los traslados presupuestales de que trata este acuerdo, cuya finalidad es dar solución a las situaciones y circunstancias que se indican en los siguientes considerandos.

Que mediante Acuerdos Nº PSAA06-3452, PSAA06-3453...

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