Sentencia nº 27200600427 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 5 de Septiembre de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 544616174

Sentencia nº 27200600427 01 de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, 5 de Septiembre de 2006

Número de sentencia27200600427 01
Fecha05 Septiembre 2006
MateriaDerecho Civil
EmisorSala Civil (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL

DE BOGOTA

SALA CIVIL DE DECISIÓN

Magistrado Ponente:

MARCO ANTONIO ALVAREZ GOMEZ

Bogotá D.C., cinco (5) de septiembre de dos mil seis (2006).

Ref: Acción de tutela de M.G.M.P. contra el Instituto de Seguro Social.

(Discutido y aprobado en sesión de Sala de la misma fecha).

Se decide la impugnación interpuesta por la accionada contra la sentencia de 17 de agosto de 2006, proferida por el Juzgado 27 Civil del Circuito de la ciudad dentro del proceso de la referencia.

ANTECEDENTES
  1. La señora M.M.P., actuando como agente oficioso de su padre U.M., instauró acción de tutela contra el Instituto de Seguro Social, en orden a obtener la protección de sus derechos fundamentales a la vida y a la salud, para lo cual adujo que a su progenitor se le ordenó una cirugía de angioplastia coronaria con stent medicado, pero el Instituto accionado únicamente autorizó el procedimiento quirúrgico, sin el stent, por estar excluido del Plan Obligatorio de Salud.

    Agregó que el paciente no puede cubrir el costo de dicho insumo, cuyo valor asciende a $7’000.000, dado que su pensión sólo alcanza para cubrir su manutención y la de su familia.

  2. Con fundamento en esos hechos, la accionante solicitó que se le ordene a la entidad demandada autorizar de manera inmediata los exámenes y procedimientos requeridos por el paciente para recuperar su salud, en especial el suministro del stent medicado, y que se le brinde el tratamiento integral requerido para recuperar totalmente su salud.

  3. En el auto que admitió la acción de tutela, se concedió la medida provisional solicitada y así se le comunicó a la demandada, quien una vez notificada, pidió desestimar las pretensiones de la demanda, por haberse autorizado los exámenes requeridos por el señor M., pese a que el referido insumo no se encuentra en el POS.

    LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

    A través de la sentencia objeto de impugnación, el J. le ordenó, al Instituto de Seguro Social que le practicara al señor M. la cirugía ordenada, con stent medicado, así como los exámenes requeridos y ordenados por el médico tratante, advirtiendo que la demandada tiene el derecho legal de repetir contra el Fosyga, por los insumos y tratamientos que no incluya el Plan Obligatorio de Salud.

    Para adoptar esta decisión, el juez consideró que aunque se encuentre por fuera del Plan Obligatorio de Salud, es deber de las EPS prestar el servicio requerido por el paciente, quien “requiere de...

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