Providencia nº 11001010200020150086400 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 27 de Mayo de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 578882346

Providencia nº 11001010200020150086400 de Consejo Superior de la Judicatura - Sala Disciplinaria de 27 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución27 de Mayo de 2015
EmisorSala Disciplinaria (vigente hasta el 2020)

Bogotá, D.C., 27 de mayo de 2015

Aprobado según Acta No. 040 de la fecha

Magistrado Ponente: ANGELINO LIZCANO RIVERA

Radicación No. 110010102000201500864 00

Referencia

Asignación de Competencia.

Colisionados

Justicia Ordinaria - Fiscalía 54 Local y Justicia Penal Militar, Juzgado 156 de I.P.M., ambos despachos de Cali, Valle.

Tema

Diligencias penales contra los patrulleros A.C.E. y V.L.J.D..

Decisión

Asigna a la Justicia Penal Ordinaria.

ASUNTO A TRATAR

Procede la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura a definir la competencia, entre la Justicia Ordinaria, representada por la Fiscalía 54 Local de Cali - Valle, y la Justicia Penal Militar, Juez 156 de Instrucción Penal Militar de Cali - Valle, relacionada con la compulsa de copias ordenada por el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali, por el presunto punible de Abuso de Autoridad por Acto Arbitrario o en averiguación, por parte de integrantes de la Policía Nacional que intervinieron dentro de operativo de privación de libertad de los señores V.M.Z.A., J.F.H.M. y F.A.R.R., por los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones, dentro del punible adelantado con Radicado No. 2011-01263.

ANTECEDENTES
  1. Hechos. De acuerdo al acta de audiencia preliminar adelantada el 14 de septiembre de 2011, dentro del radicado 760016000194201101263, se tiene que el Juez 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali - Valle, ordenó compulsar copias para que se investigaran las conductas disciplinarias y penales, en que pudieron haber incurrido los policiales que participaron en el operativo que privó de la libertad el día 2 de mayo de 2011, a los señores V.M.Z.A., J.F.H.M. y F.A.R.R., por la presunta comisión de los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego y municiones, pues al parecer los policías involucrados en los hechos, posiblemente utilizaron su investidura para capturar de manera ilegal a unas personas, además implantándoles elementos probatorios los cuales no existieron, o existe duda de dicha eventualidad y faltar a la verdad en documentos públicos.

  2. Actuación procesal. En el curso de la instrucción, se recaudó el siguiente material probatorio:

2.1.- Jurisdicción Ordinaria Penal. Las diligencias fueron asignadas inicialmente a la Fiscalía 54 Local de Cali - Valle, la cual adelantó las siguientes diligencias:

2.1.1. Formato de noticia criminal.

2.1.2. Orden de remisión de cambio de competencias del 28 de diciembre de 2011, toda vez que la Fiscalía Local 54 de Cali, consideró que las diligencias deben ser adelantadas por la Justicia Penal Militar, debido a que la conducta en donde resultó al parecer afectado el imputado V.M.Z. y otros, fue derivada del comportamiento de miembros activos de la PONAL, quienes el día de los hechos se hallaban realizando un procedimiento atinente a sus labores, siendo dicho acto con ocasión y en ejercicio de sus funciones.

2.1.3. Acta de audiencia preliminar surtida el 14 de septiembre de 2011, de solicitud de revocatoria de medida de aseguramiento, realizada por el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali - Valle, diligencia en la cual se originó la compulsa de copias, disciplinarias y penales, contra los uniformados.

2.2. Jurisdicción C.. Las diligencias fueron asignadas al Juez 156 de Instrucción Penal Militar de Cali (Valle), quien mediante auto del 29 de febrero de 2012 decretó la Apertura de la Preliminar No. 2157. Con auto del 27 de febrero de 2013, dio impulso procesal y decretó varias pruebas; en virtud de ello, recolectó las siguientes:

2.2.1. Antecedentes y anotaciones del Sistema de Información de la Oficina de Sistemas de la Fiscalía General de la Nación, de los señores V.M.Z.A., J.F.H.M. y F.A.R.R..

2.2.2. Oficio del 14 de marzo de 2013, mediante el cual el técnico en identificación y registro SIJIN de la Policía Metropolitana de Santiago de Cali, informó sobre los antecedentes penales, así como órdenes de captura de la DIJIN, de los señores V.M.Z.A., J.F.H.M. y F.A.R.R..

2.2.3. Copia del fallo proferido el 16 de julio de 2012, dentro del proceso disciplinario surtido dentro del preliminar No. P-MECAL-2012-41, adelantado a raíz de la compulsa de copias ordenada por el Juzgado 17 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali, contra los patrulleros E.A.C. y J.D.V.L., por los hechos ocurridos el 2 de mayo de 2011. En el mismo, se ordenó la terminación y archivo de las diligencias disciplinarias adelantadas contra los patrulleros J.D.V.L. y E.A.C., por no existir claridad en la investigación penal.

2.2.4. Actas de captura en casos de flagrancia, actas de derechos de los capturados, actas de incautación recolectadas dentro de las diligencias penales con Radicado No. 2011-01263.

2.2.5. Mediante oficio No. 914 del 26 de febrero de 2013, la Fiscalía 82 Seccional de Cali, Valle, allegó al plenario copia de la instrucción penal adelantada contra los señores E.A.C. y J.D.V.L. con el Radicado No. 2011-02299, donde se les investiga por la presunta conducta punible de falso testimonio; dentro del material probatorio arrimado, reposan entrevistas realizadas al integrante de la Policía Nacional J.D.V.L.; informe médico legal realizado al señor J.F.H.M. el día 3 de mayo de 2011, igualmente entrevista a los patrulleros J.C.B.R. y E.A.C.. Por último, la transliteración de la Estación Decepaz del procedimiento policial adelantado el día 2 de mayo de 2011.

2.2.6. Auto de apertura de indagación preliminar contra los señores patrulleros E.A.C. y J.D.V.L. del día 30 de abril de 2013.

2.2.7. Oficio No. 1779 del 15 de mayo de 2013, a través del cual el C. de la Estación de Policía Decepaz de la Policía Metropolitana de Santiago de Cali, remitió copias de las minuta de servicios, minuta de guardia, libro de población, libro de control de armamento y libro de control de retenidos.

2.2.8. Oficio No. 010407 del 19 de mayo de 2013, mediante el cual el C. de la Estación de Policía Decepaz de la Policía Metropolitana de Santiago de Cali, puso a disposición del despacho castrense, copias de acta de posesión, acta de nombramiento y extractos de hoja de vida de los patrulleros E.A.C. y J.D.V.L..

2.2.9. Diligencia de versión libre y espontánea rendida por el señor patrullero E.A.C., ante las instalaciones del Juzgado 156 de Instrucción Penal Militar, adscrito a la Policía Metropolitana de Santiago de Cali, el día 12 de junio de 2013, momento en el cual refirió que para el día 2 de mayo de 2011, laboraba en la Estación Decepaz de la Policía Metropolitana de Cali, como patrulla de vigilancia en compañía del patrullero J.D.V.L.; señaló que para el día de los hechos a las 23:00 horas, se encontraba con su compañero en el sector entre potrero grande y calimio por la calle 126 con carrera 27, donde observaron un taxi con varios afrodescendientes en su interior que se detuvo debajo de un poste de luz, procediendo a verificar los 3 sujetos ubicados en su interior; señaló haberle dicho a su compañero que solicitaran apoyo, dado que los hombres se veían de manera sospechosa, a continuación procedieron a acercarse en vehículo motorizado a una distancia de 30 metros, y al notar su presencia, descendieron del farillón y al llegar a la carretera, sacaron armas de fuego y arremetieron contra ellos, presentándose un intercambio de disparos, cayendo uno de los sujetos al suelo, pero de manera inmediata se levantaron y emprendieron la huida.

Refirió igualmente que luego de realizar la persecución de los sospechosos, los mismos se separaron, continuando detrás del que portaba un elemento en sus manos, el que es detenido al momento de querer ingresar a una vivienda, siendo registrado y encontrándosele en la pretina de su pantalón un arma de fuego; fue trasladado de inmediato a las instalaciones policiales en una panel. Agregó, que mediante comunicaciones de radio, conoció que a escasas 4 cuadras de donde fue capturado el sospechoso, habían dos sujetos de las mismas características, requiriéndolos para que se acercaran a reconocerlos, verificando que se trataba de los dos sujetos que inicialmente corrieron con el ya capturado. Aclaró que uno de los sujetos presentaba herida de arma de fuego en una de sus piernas, por lo que fue llevado de manera inmediata a centro hospitalario, siendo posteriormente trasladado hacia la estación para surtir la respectiva captura.

Por último, refirió que dentro de la investigación penal adelantada por la Fiscalía 82 Seccional de Cali, por el presunto delito de falso testimonio, fue declarado inocente al demostrarse que el procedimiento realizado estuvo bien hecho y así mismo se judicializó.

2.2.10. Con escrito del 18 de junio de 2014, el Asesor Externo Jurídico de Red Salud del Oriente, allegó copia de la historia clínica del señor J.F.H.M..

2.2.11. Diligencia de declaración del señor patrullero S.R.C., rendida el día 3 de julio de 2013, ante el despacho del Juzgado 156 de Instrucción Penal Militar de Cali, Valle, indicando que para el día 2 de mayo de 2011, se encontraba asignado en la Estación Decepaz de la Policía Metropolitana de Santiago de Cali, integrante de patrulla de vigilancia; su jefe inmediato era el intendente Orlando Grimaldos. Señaló que dicho día se encontraba de patrulla con su compañero el patrullero Y.C.O., en el sector 5 de Potrero Grande, cuando por el radio de comunicaciones escucharon la solicitud de apoyo por la patrulla 21-6, integrada por los patrulleros J.D.V.L. y E.A.C., quienes solicitaron que llegaran todas las patrullas ya que unos sujetos en un taxi sobre la calle 126 con carrera 27, les habían hecho unos disparos y señalaron que se dirigían hacia la calle 121, al momento de llega a dicho lugar, observaron que se trataban de cuatro sujetos corriendo entre los callejones...

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