Auto Nº 5870 de Tribunal para la Paz - Sección con Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad, 26-06-2020 - Jurisprudencia - VLEX 846614006

Auto Nº 5870 de Tribunal para la Paz - Sección con Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad, 26-06-2020

Fecha26 Junio 2020
EmisorSección con ausencia de reconocimiento de verdad y de responsabilidad de los hechos y conductas (Tribunal para la paz de Colombia)

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SECCIÓN DE AUSENCIA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD

Y RESPONSABILIDAD

AUTO AT-087-2020
MC FP-FARC

Bogotá D.C., 26 de junio de 2020

Expediente JEP:

Radicado:

2020340161400008E

202003003087

Asunto:

Solicitante

Magistrada Sustanciadora:

Resuelve solicitud de audiencias territoriales en el trámite de oficio de MC a comparecientes ante la JEP.

Partido FARC

Reinere de los Ángeles Jaramillo Chaverra

I. ASUNTO POR RESOLVER

La Sección de Primera Instancia para casos de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz (en adelante SAR o Sección), dentro del trámite oficioso de medidas cautelares en relación con comparecientes forzosos ante la JEP, ordena la práctica de audiencias territoriales virtuales solicitadas por los representantes legales del Partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (en adelante Partido FARC).

II. ANTECEDENTES

  1. La Sección, el 28 de abril de 2020, mediante Auto No. 057, procedió de oficio a avocar el trámite de medidas cautelares colectivas, con el fin de proteger los derechos fundamentales del grupo de comparecientes ante la JEP, mujeres y hombres de la Fuerza Pública y comparecientes de las antiguas FARC-EP.

  1. La gravedad de la situación se evidencia en un contexto caracterizado por el homicidio de 201 personas comparecientes de las antiguas FARC-EP y las amenazas continuas a estos, el resultado del estudio de seguridad efectuado por la UIA, presentado a la Sala de Reconocimiento, que concluye la alta vulnerabilidad por su condición de población en proceso de reincorporación y el riesgo extraordinario que afrontan los excombatientes del Estado Mayor Central de las antiguas FARC-E; al que se suman condiciones de inseguridad personal de otros comparecientes que se conoce en la JEP[1].

  1. Las amenazas y los homicidios sucesivos contra excombatientes afectan sus derechos fundamentales a la vida, integridad, seguridad y reincorporación; pero también ponen en riesgo la posibilidad de conocer de forma completa y exhaustiva la verdad con la que se han comprometido ante el SIVJRNR. Además, la muerte de cada persona debilita la confianza en la realización del derecho fundamental a la paz, la consolidación de la democracia, la confianza cívica en las instituciones deja la verdad de los hechos en los sepulcros e impide el cumplimiento del punto de víctimas del Acuerdo Final y los fines de la justicia transicional y restaurativa[2].

  1. En el marco de este proceso, además de otras entidades, la Sección vinculó al Partido FARC al trámite de las medidas cautelares y le solicitó entregar respuestas sobre la situación de riesgo que, por falta de garantías de seguridad, enfrentan los comparecientes.

  1. En calidad de representantes legales del Partido FARC, Rodrigo Londoño y Pablo Catatumbo, el 29 de mayo de 2020 dieron respuesta escrita a la situación de riesgo que enfrentan los excombatientes en su proceso de reincorporación.

  1. En el acápite de solicitudes del escrito de respuesta señalan que debido a la gravedad, urgencia e irreparabilidad del riesgo de que afecta a la población compareciente ante la JEP, reclaman la adopción de medidas para proteger la vida, seguridad e integridad personal, y en consecuencia solicitan:

La realización de audiencias públicas regionales, construidas desde los enfoques territorial, de género y étnico, para ahondar en las afectaciones, violencias y riesgos referidos en el acápite de hechos, en las que participen y puedan expresarse —con su propia voz— signatarios y signatarias del Acuerdo Final de Paz, así como responsables del partido FARC de temas de seguridad, derechos humanos, reincorporación y CSIVI.

A esta audiencia se deberán convocar como asistentes, partícipes y veedores a todas las entidades del SIVJRNR, las autoridades administrativas locales, nacionales descentralizadas, así como las entidades de control del Estado.

  1. Los representantes judiciales del Partido FARC sugirieron adelantar las audiencias territoriales en las zonas priorizadas, de acuerdo con los enfoques rural, étnico y de género, con fundamento en los siguientes criterios: la seguridad en el contexto de la violencia socioeconómica y política, y la situación de la reincorporación e incidencia en el proceso de seguridad integral que introduce el Acuerdo Final.

  1. Los representantes judiciales propusieron cuatro (4) audiencias, de las cuales concretaron dos (2) dirigidas a presentar contextos sociopolíticos regionales, indagar por las acciones y respuestas institucionales, y profundizar en los riesgos y afectaciones específicos con enfoque transversal, según la siguiente clasificación realizada por regiones:

8.1. Noroccidente. ETCR ROMÁN RUIZ, Santa Lucía, Ituango, Antioquia, con enfoque de género. Lugar: Ituango. Fecha: 16 de julio de 2020.

8.2. Oriente. ETCR MARIANA PÁEZ, con enfoque centrado en nuevos asentamientos rurales (NAR). Lugar: Vereda La Guajira Municipio de Mesetas, Meta. Fecha: 12 de agosto de 2020.

8.3. Sur. ETCR GEILER MOSQUERA, La Carmelita, Puerto Asís, Putumayo. ETCR ÓSCAR MONDRAGÓN, Miravalle, San Vicente del Caguán, Cáqueta, con enfoque urbano y nueva geografía de la reincorporación.

8.4. Suroccidente y pacífico. ETCR CARLOS PATIÑO CALICHE, La Elvira, Buenos Aires, Cauca, con enfoque étnico.

  1. Asimismo, los apoderados del Partido FARC solicitaron la participación de las siguientes entidades:

Consejo Nacional de Reincorporación (CNR); Comisión de Impulso, Seguimiento y Verificación a la Implementación (CSIVI); delegados de la Sociedad Civil ante la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad (CNGS) y Consejos Territoriales de Paz donde existan.

Gobernador y alcalde de los territorios, Defensoría del Pueblo (en particular el Sistema de Alertas Tempranas), Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, representante en Colombia del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia.

  1. Por temas de seguridad, tambien sugirieron evitar cualquier filtración de datos y considerar protocolos especiales de seguridad virtual para el manejo de información, transmisión, registro y grabaciones.

III. CONSIDERACIONES

  1. La Sección se pronunciará sobre la propuesta de los representantes judiciales del Partido FARC, a propósito de la celebración de las audiencias territoriales, las autoridades a convocar para que participen en las audiencias, la metodología a seguir y la agenda a desarollar.

  1. La SAR dispondrá la celebración de las audiencias virtuales regionales, previamente concertadas, con el fin de profundizar la situación de riesgo en el marco de la implementación del Acuerdo Final, complementar la información con carácter relevante, garantizar que desde los territorios seleccionados puedan exponer sobre las temáticas, conforme a las reglas del procedimiento de la JEP[3], que las entidades convocadas den cuenta del nivel de cumplimiento de los objetivos propuestos y que la Sección cuente con información suficiente para la toma de sus decisiones.

  1. La Sección dispondrá la convocatoria a la celebración virtual de audiencias regionales, en consideración a que la presencialidad física no es posible, dadas las condiciones propias del aislamiento social decretado por el Gobierno Nacional, con ocasión de la emergencia sanitaria que pretende prevenir y controlar la propagación del coronavirus –COVID-19– en el territorio nacional. Lo anterior, más aún considerando el deber que le asiste a la jurisdicción de garantizar los derechos fundamentales de los sujetos e intervinientes ante la JEP

  1. En principio, la Sección programará dos (2) audiencias regionales con la presencia virtual de las y los comparecientes de los territorios seleccionados. Tales audiencias se realizarán a través de la plataforma virtual Microsoft Teams y conforme a las reglas propias de las tecnologías de la información y comunicación que se aplican en la jusridicción para este tipo de audiencias, las cuales serán grabadas en su totalidad; el acceso judicial a la información será garantizado por la magistratura conforme a las reglas establecidas.

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